Resolución Ejecutiva 159 - 20 de Agosto de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43196267

Resolución Ejecutiva 159

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45285

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 50 y 58 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de 2002, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el señor Martín Enrique Rangel, identificado con la cédula de ciudadanía número 91431560 de Barrancabermeja, Santander, solicitó directamente al Gobierno Nacional la concesión del beneficio jurídico de indulto, a través de una comunicación radicada el 12 de diciembre de 2002, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 418 de 1997, prorrogada por la Ley 548 de 1999.

  2. Que el señor Martín Enrique Rangel, se entregó en la ciudad de Bogotá, D. C., ante la Dirección General para la Reinserción del Ministerio del Interior, el 15 de mayo de 2002, luego de haber desertado del frente urbano de resistencia Yariguíes, perteneciente al ELN, al que estuvo vinculado desde 1995.

  3. Que el artículo 50 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de 2002, faculta al Gobierno Nacional a conceder, en cada caso en particular, el beneficio de indulto a los nacionales que individualmente y por decisión voluntaria, abandonen sus actividades como miembros de los grupos armados al margen de la ley y así lo soliciten, y hayan demostrado su voluntad de reincorporarse a la vida civil, siempre y cuando las conductas realizadas no configuren actos atroces de ferocidad o barbarie, terrorismo, secuestro, genocidio y homicidio, cometido fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión.

  4. Que el indulto se constituye como una causa de extinción de la sanción penal, conforme a lo estipulado en el artículo 88 de Código...

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