Resolución Ejecutiva 197 - 28 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43199640

Resolución Ejecutiva 197

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45354

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 50 y 58 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y adicionada por la Ley 782 del 23 de diciembre de 2002, y

CONSIDERAND O:

  1. Que el señor Carlos Alberto Salazar, identificado con la cédula de ciudadanía 79446514 expedida en Bogotá, solicitó directamente al Gobierno Nacional la concesión del beneficio jurídico de indulto a través de una comunicación radicada el 11 de diciembre de 2002, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 418 de 1997;

  2. Que el señor Carlos Alberto Salazar, individualmente y por decisión voluntaria abandonó su actividad como rebelde, decidiendo desertar de la columna Móvil ¿Teófilio Forero¿ de las Farc.

  3. Que el artículo 50 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y adicionada por la Ley 782 de diciembre 23 de 2002, faculta al Gobierno Nacional a conceder, en cada caso en particular, el beneficio de indulto a los nacionales que individualmente y por decisión voluntaria, abandonen sus actividades como miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley y así lo soliciten, y hayan demostrado su voluntad de reincorporarse a la vida civil, siempre y cuando las conductas realizadas no configuren actos atroces de ferocidad o barbarie, terrorismo, secuestro, genocidio y homicidio, cometido fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión.

  4. Que para el caso en concreto del señor Carlos Alberto Salazar, se procederá a examinar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 418 de 1997, prorrogada y adicionada por la Ley 782 de diciembre 23 de 2002, así:

4.1 VOLUNTAD DE REINCORPORARSE A LA VIDA CIVIL ¿ DESMOVILI-ZACION Y DEJACION DE LAS ARMAS.

De conformidad con la...

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