Resolución Ejecutiva 232 - 16 de Diciembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43201479

Resolución Ejecutiva 232

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45403

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 505 del 7 de abril de 2003, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Orlando García Hernández, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 16 de abril de 2003 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Orlando García Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 17306008, la cual se hizo efectiva el 22 de abril de 2003, por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, mediante Nota Verbal número 913 del 12 de junio de 2003, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Orlando García Hernández.

    En la mencionada Nota informa:

    "La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio que entre la fecha de la nota diplomática anteriormente mencionada número 505, mediante la cual se solicitó la detención provisional del señor García-Hernández para propósitos de extradición, y la fecha de esta nota, la Resolución de Acusación número S103 Cr. 156 fue sustituida. De conformidad, Orlando García-Hernández es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es ahora el sujeto de la resolución de acusación sustitutiva número S2 03 Cr. 156 (RWS), dictada el 15 de mayo de 2003, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno. Concierto para distribuir y para poseer con la intención de distribuir heroína, en violación del Título 21, Secciones 846, 812, 841 (a) (1), y 841 (b) (1) (A) del Código de los Estados Unidos; y

    -- Cargo Dos. Concierto para importar heroína, en violación del Título 21, Secciones 963, 812, 952, 960 (a) (1) y 960 (b) (1) (A) del Código de los Estados Unidos.

    Un nuevo auto de...

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