Resolución Ejecutiva 237 - 22 de Diciembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43201693

Resolución Ejecutiva 237

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45409

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1443 del 27 de septiembre de 2002, el Gob ierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Alfonso Segundo Pana Aguilar, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 3 de octubre de 2002 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Alfonso Segundo Pana Aguilar, identificado con la cédula de ciudadanía número 84068393 de Maicao (Guajira), la cual se hizo efectiva el 8 de octubre de 2002, por funcionarios de la Policía Judicial.

  3. Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, mediante Nota Verbal número 1860 del 3 de diciembre de 2002, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Alfonso Segundo Pana Aguilar.

    En la mencionada Nota informa:

    "Alfonso Segundo Pana-Aguilar es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es el sujeto de la resolución de acusación número 02-392, dictada el 19 de septiembre de 2002 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno. Concierto para distribuir cocaína, con la intención y el conocimiento de que sería ilegalmente importada a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 959, 963 y 960 del Código de los Estados Unidos y del Título 18, Sección 2 del Código de los Estados Unidos...

    Un auto de detención contra el señor Pana Aguilar por estos cargos fue dictado el 19 de septiembre de 2002 por el Magistrado Juez de los Estados Unidos John Facciola de la Corte anteriormente mencionada...".

  4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 514 del Código de Procedimiento Penal, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Jurídica, mediante Oficio OAJ.E. número 2681 del 4 de diciembre de 2002, conceptuó:

    ... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal Colombiano.

  5. Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, hoy Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio número 10066 del 6 de diciembre de 2002, remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentación traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Alfonso Segundo Pana Aguilar, para que fuera emitido el concepto a que hace referencia el artículo 517 del Código de Procedimiento Penal.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 26 de noviembre de 2003, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Alfonso Segundo Pana Aguilar, al encontrar cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso.

    Al respecto, manifestó:

    "...De...

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