Resolución Ejecutiva 245 - 17 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43215979

Resolución Ejecutiva 245

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45735

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, el artículo 50 del Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 178 del 2 de septiembre de 2004, el Gobierno Nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Hernán Uribe, identificado con la cédula de ciudadanía número 19300384, para que comparezca a juicio por el Cargo Cinco (Concierto para importar más de cinco kilogramos de cocaína a los Estados Unidos) referido en la Resolución de Acusación número 00- 822 (AMW), dictada el 28 de junio de 2001, por un Gran Jurado ante la Corte Distrital de los Estados Unidos de América para el Distrito Medio de Nueva Jersey.

    En el mismo acto administrativo, el Gobierno Nacional negó la extradición del ciudadano Hernán Uribe por el Cargo Seis (Intento de lograr acceso sin autorización, y ayuda en el intento de lograr acceso a un computador del Servicio de Aduanas de los Estados Unidos con el objeto de importar cocaína) referido en la Resolución de Acusación número 00- 822 (AMW), dictada el 28 de junio de 2001, por un Gran Jurado ante la Corte Distrital de los Estados Unidos de América para el Distrito Medio de Nueva Jersey, para el cual la Corte Suprema de Justicia emitió concepto desfavorable.

    El Gobierno Nacional en uso de la facultad discrecional que le otorga el artículo 522 del Código de Procedimiento Penal resolvió no diferir la entrega de este ciudadano.

  2. Que el anterior acto administrativo se notificó personalmente al abogado defensor del ciudadano requerido el 10 de septiembre de 2004, situación que le fue informada al señor Hernán Uribe el 16 de septiembre de 2004 en el establecimiento penitenciario donde se encuentra recluido. Estando dentro del término legal, el ciudadano requerido, mediante escrito radicado en el Ministerio del Interior y de Justicia el 17 de septiembre de 2004, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 178 del 2 de septiembre de 2004 con el objeto de que se niegue su extradición.

  3. Que el recurrente fundamenta su recurso en los siguientes argumentos:

    El ciudadano requerido considera que el perjuicio que le causa el acto administrativo comprende sus derechos fundamentales a la libertad, a su integridad personal y al debido proceso.

    Advierte que en la actualidad se encuentra investigado en la Unidad Nacional Antinarcóticos y de Interdicción Marítima de la Fiscalía General de la Nación por los mismos hechos contenidos en la acusación proferida en el exterior, y reclama la aplicación del artículo 565 del Código de Procedimiento Penal.

    Señala que el debido proceso se viola cuando la Fiscalía General de la Nación, teniendo conocimiento de la investigación en Colombia, ordena la captura con fines de...

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