Resolución Ejecutiva 335 - 13 de Diciembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43231354

Resolución Ejecutiva 335

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46121

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el inciso segundo del numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 de 1999,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 1230 del 30 de julio de 1998, el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, Dancoop, ordenó la toma de posesión para liquidar la Cooperativa Multiactiva Sur Andina Huila Ltda., ¿Surcoandina Huila Ltda.¿, entidad identificada con la personería jurídica número 2597 del 27 de septiembre de 1985 emitida por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, Dancoop, NIT 813.000.297-1 y cuyo domicilio es la ciudad de Neiva (Huila);

Que el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, Dansocial, ejerció las funciones de control, inspección y vigilancia atribuidas a la Superintendencia de la Economía Solidaria hasta el 27 de octubre de 1999, fecha en la que esta última entidad asumió legalmente dichas funciones de conformidad con lo previsto en la Resolución número 129 del 22 de octubre de 1999, publicada en el Diario Oficial 43.757 del 27 de octubre de 1999;

Que el numeral 2 del artículo 23 de la Ley 510 de 1999 establece: ¿... El artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, quedará así:

Término de vigencia de la medida. La toma de posesión de la entidad se conservará hasta cuando se declare terminada su existencia legal, salvo cuando se realice la entrega al liquidador designado en asamblea de accionistas.

Cuando se disponga la liquidación, la misma no podrá prolongarse por más de cuatro (4) años desde su inicio. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno lo pueda prorrogar por resolución ejecutiva por un término mayor en razón del tamaño de la entidad y las condiciones de la liquidación¿;

Que mediante comunicación radicada en la Superintendencia de la Economía Solidaria con el número 028743 de 2005, el Liquidador de la Cooperativa Multiactiva Sur Andina Huila Ltda. ¿Surcoandina Huila Ltda.¿ en Liquidación Forzosa Administrativa manifiesta que el término final del proceso liquidatorio, el cual se encuentra suspendido de acuerdo con la Resolución 000152 del 11 de marzo de 2005 de la Superintendencia de la Economía Solidaria, debe ser prorrogado, en virtud de las condiciones de la liquidación y con el fin de...

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