Resolución Ejecutiva 54 - 14 de Abril de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43206158

Resolución Ejecutiva 54

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45519

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el artículo 10 del Código de Petróleos, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos, corresponde al Gobiern o declarar que las sociedades extranjeras han cumplido con los requisitos exigidos por la norma mencionada, cuando con la solicitud se presenten los documentos que así lo demuestren;

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la Ley 10 de 1961, las compañías cuyo asiento principal de negocios esté en algún país extranjero y celebren con el Gobierno o con entidades oficiales o particulares contratos sobre prestación de servicios en el ramo de petróleos, deberán cumplir lo preceptuado en el inciso 2° del artículo 10 del Código de Petróleos, el cual exige constituir y domiciliar en la cabecera del Circuito de Notaría de Bogotá, casa o sucursal, llenando las formalidades del artículo 470 y concordantes del Código de Comercio;

Que la sociedad extranjera Bayford Investments Ltd., constituida de acuerdo con las leyes de Barbados, estableció una sucursal en Colombia denominada Bayford Investments Ltd., contemplando en su objeto social, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido el 4 de marzo de 2004 por la Cámara de Comercio de Bogotá, entre otras, las siguientes actividades: "...Todos los negocios y actividades relacionadas con exploración y producción de petrolero, (sic) gas y otros hidrocarburos y que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR