Resolución Ejecutiva 60 - 9 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175645

Resolución Ejecutiva 60

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44795

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal No. 294 del 21 de marzo de 2001, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano José Alberto Martínez, quien se encuentra requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 26 de marzo de 2001 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano José Alberto Martínez, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.141.729 de Barranquilla, la cual se hizo efectiva el 27 de marzo de 2001, por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal No. 574 del 25 de mayo de 2001, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano José Alberto Martínez.

    En la mencionada Nota informa:

    ¿José Alberto Martínez es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es el sujeto de la resolución de acusación No. 01‑148, dictada el 15 de marzo de 2001 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Pennsylvania, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno. Concierto para distribuir 100 gramos de heroína o más, en violación del Título 21, Secciones 846 y 841 (a) (1) y (b) (1) (B) del Código de los Estados Unidos.

    Un auto de detención contra José Alberto Martínez por el cargo anteriormente mencionado fue dictado el 15 de marzo de 2001 por la Magistrada Juez de los Estados Unidos Linda K. Caracappa de la Corte arriba mencionada¿.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 552 del Código de Procedimiento Penal anterior (hoy artículo 514), el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Jurídica, mediante oficio OJ.E. No. 0310 del 25 de mayo de 2001, conceptuó:

    ¿... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal colombiano...¿.

  5. Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio No. 4966 del 30 de mayo de 2001, remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentación traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano José Alberto Martínez, para que fuera emitido el concepto a que hace referencia el artículo 555 del anterior Código de Procedimiento Penal (hoy 517).

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 9 de abril de 2002, emitió concepto favorable para la extradición del ciudadano José Alberto Martínez Castilla.

    En lo que tiene que ver con el principio de la doble incriminación, manifestó:

    ¿Para el caso concreto la conducta de narcotráfico objeto de la conspiración que se le atribuye a José Alberto Martínez Castilla es la de distribuir heroína, que para el caso se asimila a suministrar, ‑pues fue la persona que consiguió en Colombia las fuentes de suministro de la droga y procedió a enviarla a los Estados Unidos...

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