Resolución Ejecutiva 62 - 16 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175854

Resolución Ejecutiva 62

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44802

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 del Código de Procedimiento Penal , y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1059 del 7 de octubre de 1999, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Mario Germán López Cardona, quien se encuentra requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y ofensas relacionadas.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 11 de octubre de 1999 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Mario Germán López Cardona, la cual se hizo efectiva el 13 de octubre de 1999, por miembros de la Policía Judicial.

  3. Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, mediante Nota Verbal número 1212 del 26 de noviembre de 1999, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Mario Germán López Cardona

    En la mencionada Nota informa:

    ¿Mario Germán López‑Cardona es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y delitos relacionados. Es el sujeto de la Cuarta Resolución de Acusación número 99‑6153 CR‑RYSKAMP (s) (s) (s) (s), dictada el 18 de noviembre de 1999, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, División de Fort Lauderdale, mediante la cual se le acusa de:

    ¿ Cargo II. Concierto para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 841 (a) (1) y 846;

    ¿ Cargo III. Concierto para importar cinco kilogramos o más de cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, secciones 952 y 963, y

    ¿ Cargo IV, Concierto para lavar dinero, en violación del Título 18, Código de los Estados Unidos, secciones 1956 (a) y (h) y 1957 (a)¿.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 552 del Código de Procedimiento Penal anterior (hoy artículo 514), el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Jurídica, mediante Oficio OJ.E. número 34998 del 29 de noviembre de 1999, conceptuó:

    ¿...que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con las normas pertinentes del Código de Procedimiento Penal colombiano¿.

  5. Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número 0795 del 3 de diciembre de 1999, remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentación traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestr o país, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Mario Germán López Cardona, para que fuera emitido el concepto a que hace referencia el artículo 555 del anterior Código de Procedimiento Penal (hoy 517).

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 9 de abril de 2002, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Mario Germán López Cardona.

    En el concepto manifiesta la Corte:

    ¿Los cargos imputados a Mario Germán López Cardona, en el acta de Acusación Sustitutiva ¿número 99‑6153 CR-RYSKAMP (s) (s) (s) (s)¿ del 18 de noviembre de 1999, se refieren a hechos que se habrían cometido después de la vigencia del Acto Legislativo número 01 de 1997, que reformó el artículo 35 de la Constitución Política, autorizando la extradición de colombianos por nacimiento, por lo cual no es necesario hacer ninguna...

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