Resolución ejecutiva número 004 de 2024, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 11 de Enero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 976413930

Resolución ejecutiva número 004 de 2024, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52635

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0226 del 16 de febrero de 2023, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Pedro Alirio Rubio Castro, requerido para comparecer a juicio por delitos relacionados con abuso sexual.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 17 de febrero de 2023, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Pedro Alirio Rubio Castro, identificado con la cédula de ciudadanía número 3021370, la cual se hizo efectiva el 10 de febrero de 2023, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol, de la Policía Nacional, Grupo de Investigaciones Internacionales.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0399 del 22 de marzo de 2023, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Pedro Alirio Rubio Castro.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de una Información en el Caso número 502022CF001107AXXXMB (también referido como Número de Caso de Corte 2022CF001107AMB), modificada bajo juramento y dictada el 14 de .febrero del 2023, en la Corte del Decimoquinto Circuito Judicial en y para el Condado de Palm Beach, Florida, según se describe a continuación:

    "QUERELLA

    ENMENDADA POR: 1) ABUSO SEXUAL LIBIDINOSO O LASCIVO 2) ABUSO SEXUAL LIBIDINOSO O LASCIVO 3) TENTATIVA PARA COMETER ABUSO SEXUAL O LASCIVO 4) TENTATIVA PARA COMETER ABUSO SEXUAL LIBIDINOSO O LASCIVO En el nombre y por la autoridad del Estado de la Florida: DAVID ARONBERG, Fiscal del Estado para el Circuito Judicial Décimo Quinto del Condado de Palm Beach, Florida, por y a través de su fiscal auxiliar del Estado aquí suscrito, imputa que: CARGO 1: Pedro Alirio Rubio Castro, entre el de enero de 2020 y el 5 de agosto de 2021, en el Condado de Palm Beach y el Estado de la Florida, intencionalmente, tocó los senos, los genitales, el área genital, o las nalgas, o la ropa que los cubría, de S.R., una persona menor de 12 años, de una manera libidinosa y lasciva, u obligó o incitó a S.R. para que tocara a Pedro Alirio Rubio Castro, y así Pedro Alirio Rubio Castro tocó o frotó los genitales de S.R., su área genital o la ropa que los cubría, con su boca y Pedro Alirio Rubio Castro, tenía 18 años de edad o más, contrario a la ley de la Florida 800.04(5)(a) y (b). (DELITO GRAVE PUNIBLE CON LA CADENA PERPETUA).

    CARGO 2: Pedro Alirio Rubio Castro, entre el 1º de enero de 2020 y el 5 de agosto de 2021, en el Condado de Palm Beach y el Estado de la Florida, intencionalmente, tocó los senos, los genitales, el área genital, o las nalgas, o la ropa que los cubría, de S.R., una persona menor de 12 años, de una manera libidinosa y lasciva {u}, obligó o incitó a S.R. para que tocara a Pedro Alirio Rubio Castro, y así Pedro Alirio Rubio Castro tocó los senos de S.R. bajo su ropa o la ropa que los cubría y Pedro Alirio Rubio Castro, tenía 18 años de edad o más, contrario a la ley de la Florida 800.04(5)(a) y (b). (DELITO GRAVE PUNIBLE CON LA CADENA PERPETUA).

    CARGO 3: Pedro Alirio Rubio Castro, entre el 1º de enero de 2020 y el 5 de agosto de 2021, en el Condado de Palm Beach y el Estado de la Florida, ilícitamente, INTENTÓ COMETER ABUSO SEXUAL LIBIDINOSO O LASCIVO, un delito prohibido por la ley, y en dicha tentativa, hizo un acto dirigido hacia la comisión de dicho delito; y de hecho, intentó intencionalmente tocar los senos, los genitales, el área genital, o las nalgas, o la ropa que los cubría, de S.R., una persona menor de 12 años, de una manera libidinosa y lasciva, {u} obligó o incitó a S.R. para que tocara a Pedro Alirio Rubio Castro, y así Pedro Alirio Rubio Castro intentó tocar los genitales de S.R., su área genital o la ropa que los cubría, con sus manos y Pedro Alirio Rubio Castro, tenía 18 años de edad o más, pero Pedro Alirio Rubio CASTRO falló en la perpetración o fue interceptado o se le impidió la ejecución de dicho delito, contrario a la ley de la Florida 800.04(5)(a) y (b) y 777.04(1) (DELITO GRAVE EN SEGUNDO GRADO).

    CARGO 4: Pedro Alirio Rubio...

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