Resolución ejecutiva número 005 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 9 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 701059261

Resolución ejecutiva número 005 de 2018, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50471

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal MRC número 9/17 del 23 de enero de 2017, aclarada con la Nota Verbal MRC número 14/17 del 30 de enero de 2017, el Gobierno de la República Argentina, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la extradición del ciudadano colombiano Germán Castrillón Tascón, requerido por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero, en la Causa FSM número 2547/2008, caratulada "Eguez Durán Juan Carlos y otros S/Infracción Ley 23.737", de conformidad con la orden de detención preventiva con fines de extradición del 16 de septiembre de 2016, por el presunto delito de "Tráfico de estupefacientes en sus modalidades de transporte y/o almacenamiento, agravado por la intervención organizada de tres o más personas...".

  2. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Germán Castrillón Tascón, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 0227 del 30 de enero 2017, conceptuó que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y la República Argentina.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentra vigente el siguiente tratado regional de extradición entre las Partes: la 'Convención sobre Extradición', suscrita en Montevideo, el 26 de diciembre de 1933...".

  3. Que mediante Notas Verbales MRC números 64/17 del 17 de abril y 83/17 del 10 de mayo de 2017, el Gobierno de la República Argentina, a través de su Embajada en Colombia, allegó documentos relacionados con la solicitud de extradición del ciudadano Germán Castrillón Tascón.

  4. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 26 de mayo de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Germán Castrillón Tascón, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 14891906 y Pasaporte número AL678594, quien había sido detenido el 20 de mayo de 2017, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Germán Castrillón Tascón, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número OFI17-0019530-OAI-1100 del 30 de junio de 2017, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 13 de diciembre de 2017, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Germán Castrillón Tascón.

    Sobre el particular la honorable Corporación manifestó:

    "4. Conclusión

    La Sala es del criterio que la petición de extradición del ciudadano colombiano Germán Castrillón Tascón, formulada por el Gobierno de la República de Argentina; es conforme a derecho y, en consecuencia, se procederá a conceptuar favorablemente a dicho pedido.

    5. Sobre los condicionamientos

    La Sala recuerda que la República Argentina, en virtud de lo preceptuado en el artículo 17 de la Convención sobre Extradición, se obliga a lo siguiente: «a) A no procesar ni a castigar» al requerido «... por un delito común cometido con anterioridad al pedido de extradición y que no haya sido incluido en él, a menos que el interesado...

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