Resolución ejecutiva número 015 de 2022, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la ESE Hospital San Jerónimo de Montería, en el departamento de Córdoba, identificado con NIT. 891.079.999-5 - 3 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896466858

Resolución ejecutiva número 015 de 2022, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la ESE Hospital San Jerónimo de Montería, en el departamento de Córdoba, identificado con NIT. 891.079.999-5

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51937

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto-Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el inciso 3 del numeral 2 del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto número 2555 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 21 de la Ley 510 de 1999, aplicable al Sistema General de Seguridad Social en Salud por remisión del parágrafo 2º del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, la toma de posesión e intervención forzosa administrativa es una medida especial que tiene por finalidad "(...), establecer si la entidad vigilada

debe ser objeto de liquidación; si es posible colocarla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, o si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones (...)".

Que el artículo 2.5.5.1.1 del Decreto número 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, señala: "... la Superintendencia Nacional de Salud aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar (...) Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza (...) las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto-Ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999, y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan".

Que el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto-Ley 663 de 1993 modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999 prevé que: "Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un (1) año, prorrogable (...) por un plazo no mayor de un año; si en ese lapso no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesión, (...) dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva autorice una prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la entidad". (Énfasis propias).

Que mediante Resolución número 360 del 1º de febrero de 2019 la Superintendencia Nacional de Salud ordenó "la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la ESE Hospital San Jerónimo de Montería, Córdoba", por el término de seis (6) meses. Así mismo, designó como Agente Especial Interventor al doctor Ómar Alexánder Prieto García, posesionado según Acta SDME 004 del 4 de febrero de 2019 y como contralor al doctor Gildardo Tijaro Galindo, posesionado según Acta SDME 005 del 4 de febrero de 2019.

Que mediante la Resolución número 6240 del 25 de junio de 2019, conforme al artículo 1º se removió al doctor Ómar Alexánder Prieto García como agente especial interventor y en su artículo 3º se designó al doctor Rubén Darío Trejos Castillón para ocupar dicho cargo según el Acta de posesión SDME 013 del 26 de junio del 2019.

Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante las resoluciones que se señalan a continuación, prorrogó el término de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar el Hospital San Jerónimo de Montería así:

  1. Resolución número 7566 del 1º de agosto de 2019, por el término de un (1) año, es decir, hasta el 2 de agosto de 2020.

  2. Resolución número 9242 del 30 de julio de 2020, por el término de seis (6) meses, es decir del 3 de agosto de 2020 al 3 de febrero de 2021.

Que el Gobierno nacional mediante la Resolución Ejecutiva 024 del 2 de febrero de 2021, prorrogó la medida forzosa administrativa para administrar la ESE Hospital San Jerónimo de Montería por el término de un (1) año, es decir del 4 de febrero de 2021 al 3 de febrero de 2022.

Que mediante comunicación radicada en la Superintendencia Nacional de Salud bajo el número 20219300403712582 del 10 de diciembre de 2021 y un alcance con número 20219300403714422 del 12 de diciembre de 2021, el Agente Especial Interventor de la ESE Hospital San Jerónimo de Montería, solicitó autorización de prórroga de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar bajo una serie de argumentos, de los cuales se destacan los siguientes:

"(...) CUMPLIMIENTO PLAN DE ACCIÓN La evolución del cumplimiento del plan de acción durante la actual vigencia muestra una evolución positiva alcanzando en el tercer trimestre un cumplimiento del 93.75%. Para el efecto, se cuenta con todos los soportes que acreditan el cumplimiento de las actividades programadas en los diferentes períodos.

(... ) TÍTULOS JUDICIALES Se puede evidenciar que desde julio de 2019 al...

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