Resolución ejecutiva número 025 de 2023, por medio de la cual se prorroga nuevamente la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar de la Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís de Quibdó - 27 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 924667189

Resolución ejecutiva número 025 de 2023, por medio de la cual se prorroga nuevamente la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar de la Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís de Quibdó

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52321

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el inciso 3º del numeral 2 del artículo 116 del Decreto ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el inciso 3º del numeral 2 del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto número 2555 de 2010 y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 21 de la Ley 510 de 1999, aplicable al Sistema General de Seguridad Social en Salud por remisión del parágrafo 2º del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, la toma de posesión e intervención forzosa administrativa es una medida especial que tiene por finalidad "(...), establecer si la entidad vigilada debe ser objeto de liquidación; si es posible colocarla en condiciones de desarrollar

adecuadamente su objeto social, o si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones (...)";

Que el artículo 2.5.5.1.1 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, señala: "...la Superintendencia Nacional de Salud aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar (...) Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza (...) las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999, y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan";

Que el inciso 3º del numeral 2 del artículo 116 del Decreto ley 663 de 1993 modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, prevé que "Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un (1) año, prorrogable (...) por un plazo no mayor de un año; si en ese lapso no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesión, (...) dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva autorice una prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la entidad". (Negrilla fuera de texto);

Que en virtud de lo expuesto, la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución número 4891 del 10 de junio de 2020 ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar de la Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís de Quibdó departamento de Chocó, identificado con el NIT 901.108.114-5, por el término de un (1) año, medida prorrogada mediante la Resolución número 6329 del 10 de junio de 2021, por el término de un (1) año, es decir, del 10 de junio de 2021 hasta el 10 de junio de 2022;

Que el Gobierno nacional mediante la Resolución Ejecutiva número 115 del 10 de junio de 2022, autorizó la prórroga de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar de la Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís, por el término de 4 meses y 21 días, es decir del 10 de junio de 2022 al 31 de octubre de 2022 y con la Resolución Ejecutiva número 251 de 31 de octubre de 2022 prorrogó nuevamente la medida por el término de cuatro (4) meses, es decir del 1º de noviembre de 2022 al 28 de febrero de 2023;

Que han fungido como agente especial interventor de la Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís los señores Camilo Eduardo Ramírez Mejía, identificado con cédula de ciudadanía número 4582478 de Santa Rosa de Cabal y César Augusto Ramírez Montoya, identificado con cédula de ciudadanía número 10261422 y actualmente se encuentra ejerciendo dicha calidad la señora Inés Bernarda Loaiza Guerra, identificada con cédula de ciudadanía número 43005051, designada por la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución número 20224200000050026 de 1º de agosto de 2022 y quien se posesionó mediante Acta DPSS número 010 de 3 de agosto de 2022;

Que mediante concepto de 12 de enero de 2023 radicado en la Superintendencia Nacional de Salud bajo el número 20239300400093412, la agente especial interventora de la Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís dio a conocer el estado actual del proceso de intervención de la ESE en los diferentes componentes, del cual se...

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