Resolución ejecutiva número 031 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 3 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 925507663

Resolución ejecutiva número 031 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52325

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1001 del 10 de agosto de 2020, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhon Heiler Gutiérrez Holguín, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de drogas ilícitas.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 13 de agosto de 2020, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhon Heiler Gutiérrez Holguín, identificado con la cédula de ciudadanía número 80113937, decisión que le fue notificada en las instalaciones del Complejo Penitenciario y Carcelario Metropolitano de Cúcuta, el 16 de junio de 2021, por miembros de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1469 del 9 de agosto de 2021, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jhon Heiler Gutiérrez Holguín.

    La Misión diplomática informa que este ciudadano es el sujeto de una Acusación en el Caso número 4:19CR147 (también referido como Caso número 4:19-cr-147 (MAC)), dictada el 12 de junio de 2019, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS ACUSA: Cargo Uno Violación: Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos (Asociación delictuosa para la fabricación y distribución de cocaína, con la intención, conocimiento y causa razonable para creer que la cocaína será importada ilegalmente a los Estados Unidos).

    Que en algún momento durante o alrededor del año 2016, y continuamente desde entonces hasta la fecha de esta Acusación Formal, inclusive, en Colombia, Venezuela, Panamá, Guatemala, Honduras, México y en otros lugares, Jhon Heiler Gutiérrez Holguín, el acusado, con pleno conocimiento e intencionalmente se unió, se juntó en una asociación delictuosa y acordó con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de los Estados Unidos, para fabricar y distribuir, de manera intencional y con conocimiento, cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia con un contenido detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, conocimiento y causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en violación de las Secciones 959(a), 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    En violación de la sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Cargo Dos

    Violación: Sección 959 del Título 21 del Código de los Estados Unidos: (Fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, conocimiento y causa razonable para creer que la cocaína será importada ilegalmente a los Estados Unidos) Que en algún momento durante o alrededor del año 2016, y continuamente desde entonces hasta la fecha de esta Acusación Formal, inclusive, en Colombia, Venezuela, Panamá, Guatemala, Honduras, México y en otros lugares, Jhon Heiler Gutiérrez Holguín, el acusado, con pleno conocimiento e intencionalmente fabricó y distribuyó cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia con un contenido detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con la intención, conocimiento y causa razonable para creer que dicha cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos.

    En violación de la sección 959 del Título 21 del Código de los Estados Unidos...".

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1469 del 9 de agosto de 2021, señaló:

    "El 12 de junio de 2019, con base en los cargos descritos en la Acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas emitió un auto de detención para la captura de Gutiérrez Holguín. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... )

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997..."

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Jhon Heiler Gutiérrez Holguín, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio S-DIAJl-21-018208 del 10 de agosto de 2021, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las siguientes convenciones multilaterales en materia de cooperación judicial mutua:

    · La "Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas" , suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. En ese sentido, el artículo 6º...

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