Resolución ejecutiva número 038 de 2018, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017 - 9 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 705288781

Resolución ejecutiva número 038 de 2018, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50530

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Luis Gustavo Moreno Rivera, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 80166075, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por los siguientes cargos:

    Cargo Uno (Concierto para cometer fraude electrónico, y ayuda y facilitación de dicho delito); Cargos Dos y Tres (Fraude electrónico, y ayuda y facilitación de dicho delito); Cargo Cuatro (Concierto para cometer lavado de dinero); Cargo Cinco (Lavado de dinero, al transportar, transmitir o transferir fondos desde un lugar en los Estados Unidos a otro lugar fuera de los Estados Unidos, con la intención de promover la continuación del soborno a un funcionario público, y ayuda y facilitación de dicho delito); y Cargo Seis (Lavado de dinero, al conducir a sabiendas una transacción financiera que afecta el comercio interestatal y extranjero que involucra las utilidades provenientes del soborno a un funcionario público, y ayuda y facilitación de dicho delito), imputados en la Acusación Sustitutiva número 17-20516-CR-UNGARO/O'SULLIVAN (s), (también enunciada como 17-20516-CR-UNGARO (s)), dictada el 3 de agosto de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.

    En la misma decisión, el Gobierno nacional sujetó la entrega del ciudadano requerido a la condición de que previamente cumpla con los compromisos de colaboración con la justicia y continúe rindiendo las versiones ante las autoridades judiciales u organismos de control que lo requieran, para lo cual otorgó un plazo de hasta cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de la ejecutoria de la Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017, a cuyo término se ordenará hacer efectiva la misma.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la anterior decisión se notificó personalmente al ciudadano requerido, el 4 de enero de 2018, situación comunicada a los defensores principal y suplente, mediante Oficio OFI18-0000157-DAI-1100 de la misma fecha.

    Tanto al ciudadano requerido como a sus apoderados se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la diligencia de notificación personal.

    El defensor suplente del señor Moreno Rivera se acercó a las instalaciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, el 10 de enero de 2018, en donde se le informó que la diligencia de notificación personal se había llevado a cabo el 4 de enero de 2018, con la presencia del ciudadano requerido.

    Como consta en el acta de comunicación, al apoderado se le puso de presente que la Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017, había sido notificada personalmente al ciudadano Luis Gustavo Moreno Rivera, el 4 de enero de 2018, en el lugar de reclusión; y que procedía el recurso de reposición, el cual se podía interponer

    dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la diligencia de notificación personal del mencionado acto administrativo.

  3. Que estando dentro del término legal, la defensa del ciudadano Luis Gustavo Moreno Rivera, mediante escrito radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho, el 19 de enero de 2018, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017, con la finalidad de que se aclare y adicione el acto administrativo impugnado.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    El defensor solicita que se adicione la Resolución Ejecutiva número 434 del 22 de diciembre de 2017 en el sentido de informar al Estado requirente que el señor Luis Gustavo Moreno Rivera "será condenado en Colombia luego de aceptar cargos por el acto de corrupción de solicitar al señor Alejandro Lyons la suma de 10.000 dólares, a cambio de suministrarle información referida a las investigaciones judiciales que cursan en contra de este último en nuestro país...", con el fin de garantizarle el debido proceso y la prohibición de doble juzgamiento.

    De igual forma, solicita que se adicione y aclare la resolución impugnada a fin de informar al Estado requirente que cada vez que este ciudadano participe de manera virtual como testigo de cargo o para ampliar su testimonio, se le garantice, en el sitio de reclusión, la presencia de su abogado colombiano de confianza.

    De otra parte, el recurrente solicita que se condicione la entrega del señor Moreno Rivera para que el Estado...

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