Resolución ejecutiva número 051 de 2023, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 321 del 28 diciembre de 2022 - 17 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 927275181

Resolución ejecutiva número 051 de 2023, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 321 del 28 diciembre de 2022

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52339

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 321 del 28 de diciembre de 2022, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Yasser

    4 CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-622 de 1999. Agosto 25 de 1999.

    Hinestroza Cortez, identificado con la cédula de ciudadanía número 94074792, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por el Cargo Uno (Concierto para cometer lavado de activos) y el Cargo Dos (Lavar instrumentos monetarios, y colaborando e instigando dicho delito), imputados en la Acusación en el Caso número 21 CR 372, (también referido como Caso número 1:21-cr-372-1), dictada el 4 de enero de 2022, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois.

  2. Que la Resolución Ejecutiva número 321 del 28 de diciembre de 2022 fue notificada al defensor del ciudadano requerido, por medio electrónico, el 5 de enero de 2023, a través del oficio MJD-OFI23-0000213-GEX-10100 del 5 de enero de 20231.

    El ciudadano colombiano Yasser Hinestroza Cortez fue notificado personalmente dl contenido de la Resolución Ejecutiva número 321 del 28 de diciembre de 2022, el 11 de enero de 2023, en el establecimiento carcelario donde se encuentra recluido, tal como consta en el acta de la diligencia de notificación personal que suscribió al efecto.

    Tanto al ciudadano requerido como a su apoderado se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación.

  3. Que estando dentro del término legal, el defensor del ciudadano colombiano Yas-ser Hinestroza Cortez, a través de correo electrónico del 19 de enero de 2023, allegó al Ministerio de Justicia y del Derecho, el escrito mediante el cual interpone recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 321 del 28 de diciembre de 2022.

  4. Que el recurso de reposición está fundamentado en los siguientes argumentos:

    El recurrente concreta su inconformidad en lo señalado por el Gobierno nacional en el numeral séptimo de la parte considerativa, al igual que en la parte resolutiva del acto administrativo impugnado, en lo que tiene que ver con el cargo dos denominado (Lavar instrumentos monetarios, y colaborando e instigando dicho delito), secciones 1956 (a) (1) (B) (i) y 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos de América.

    Solicita que la expresión "y colaborando e instigando dicho delito": se retire del cargo dos del acto administrativo, tanto de la parte considerativa como de la parte resolutiva que decide la solicitud de extradición del ciudadano Yasser Hinestroza Cortez, teniendo en cuenta que esta expresión no hace parte de la acusación "en ocasión de dichos verbos rectores."

  5. Que, en relación con lo expuesto en el recurso, el Gobierno nacional considera:

    El recurso de reposición interpuesto contra el acto administrativo brinda la posibilidad al Gobierno de revisar nuevamente la decisión expedida, pero esta vez de cara a los argumentos que expone el recurrente y así aclarar, modificar, adicionar o revocar la decisión, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

    En este caso, de la información que obra en el expediente se puede constatar que la Embajada de los Estados Unidos de América mediante Nota Verbal número 0194 del 8 de febrero de 2022, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Yasser Hinestroza Cortez informando que este ciudadano está requerido para comparecer a juicio por delitos de lavado de activos.

    La Misión diplomática informó que este ciudadano es el sujeto de una Acusación en el Caso número 21 CR 372, (también referido como Caso número 1:21-cr-372-1), dictada el 4 de enero de 2022, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, mediante la cual se le acusa de los siguientes delitos:

    "—Cargo Uno: Concierto para cometer lavado de activos, en violación del Título 18, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y (h) del Código de los Estados Unidos; y

    -- Cargo Dos: Lavar instrumentos monetarios, y colaborando e instigando dicho delito; en violación del Título 18, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y 2 del Código de los Estados Unidos.

    (...) Con base en los cargos en la Acusación, el 4 de enero de 2022, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, emitió un auto de detención para la captura de Hinestroza Cortez. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable ..."

    En la declaración jurada que se adjunta como apoyo al pedido de extradición, el Fiscal del caso informa sobre los cargos y las leyes pertinentes lo siguiente:

    "7. El 1º de octubre de 2021, Hinestroza Cortez fue acusado en una denuncia penal presentada en el Distrito Norte de Illinois de concierto para cometer lavado de dinero, en contravención de las secciones 1956(a)(1)(B)(i) y (h) del título 18 del Código de los Estados Unidos. Por los cargos en la denuncia penal enmendada, el 1º de octubre de 2021, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois giró una orden de aprehensión para...

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