Resolución ejecutiva número 081 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 16 de Abril de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 864942725

Resolución ejecutiva número 081 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51647

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1934 del 26 de noviembre de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano DARÍO CARVAJAL LASSO, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos y obstrucción a la justicia.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 29 de noviembre de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano DARÍO CARVAJAL LASSO, identificado con la cédula de ciudadanía número 96.340.559, la cual se hizo efectiva el 17 de enero de 2020, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0412 del 16 de marzo de 2020, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano DARÍO CARVAJAL LASSO.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la acusación número 1820059- CR-GAYLES/OTAZO-REYES, dictada el 30 de enero de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran jurado emite la siguiente acusación:

    CARGO 1

    Desde por lo menos alrededor de 2010, y continuando hasta alrededor de agosto de 2013, las fechas exactas las desconoce el Gran Jurado, en los países de Colombia, México, Guatemala y otros lugares, el acusado,

    DARÍO CARVAJAL LASSO,

    alias "Doctor"

    alias "El Señor",

    alias "El Jefe",

    con conocimiento y deliberadamente se combinó, conspiró, confederó y acordó con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir una sustancia controlada de Categoría II, sabiendo que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la Sección 959(a)(2) del Título 21 del Código de los Estados Unidos; todo en contravención de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    Con respecto al acusado, la sustancia controlada en el concierto que se le atribuye como consecuencia de su propia conducta, y la conducta de otros cómplices que él debió ver de manera razonable, es cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, en contravención de la Sección 963 y 960(b) (1)(B) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    CARGO 2

    Comenzando alrededor de enero de 2016, hasta aproximadamente el 9 de diciembre de 2016, o alrededor de esa fecha, en el Condado de Miami-Dade, en el Distrito Sur de Florida, y en el país de Colombia, el acusado,

    DARÍO CARVAJAL LASSO,

    alias "Doctor"

    alias "El Señor" alias "El Jefe",

    con conocimiento y deliberadamente de manera corrupta persuadió y trató de persuadir a otra persona, es decir, a J.G., con la intención de dificultar, demorar o evitar la comunicación a un agente del orden público de información relacionada con la comisión y la posible comisión de un delito federal, específicamente, la participación del acusado en el delito alegado en el Cargo 1 de esta Acusación Formal, en contravención de las Secciones 1512(b)(3) y 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 0412 del 16 de marzo de 2020, señaló:

    "El 30 de enero de 2018, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, emitió un auto de detención para la captura de Darío Carvajal Lasso. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable ...".

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano DARÍO CARVAJAL LASSO, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 0821 del 16 de marzo de 2020, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que...

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