Resolución ejecutiva número 084 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 28 de Abril de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 866574423

Resolución ejecutiva número 084 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51659

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1280 del 16 de agosto de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano RICHARD GEOVANNY PALACIOS QUIÑONES, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 22 de agosto de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano RICHARD GEOVANNY PALACIOS QUIÑONES, identificado con la cédula de ciudadanía número 80747297, la cual se hizo efectiva el 9 de septiembre de 2019, por miembros de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1838 del 7 de noviembre de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano RICHARD GEOVANNY PALACIOS QUIÑONES.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la acusación número 8:18 cr 509 T 36 TGW (también enunciada como Caso 8:18-cr-00509-CEH-TGW), dictada el 30 de octubre de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado emite la siguiente acusación:

    CARGO UNO

    Desde una fecha desconocida, y de manera continua hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en el Distrito Central de Florida y en otros lugares, los acusados (...) RICHARD PALACIOS, alias "Cachinge" con conocimiento y deliberadamente conspiraron con otras personas cuyos nombres son conocidos y desconocidos por el Gran Jurado para distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, con conocimiento, la intención y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los Estados Unidos.

    Todo en contravención de las Secciones 959, 963 y 960(b)(1)(B)(ii) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    CARGO DOS

    Desde una fecha desconocida, y de manera continua hasta incluso la fecha de esta Acusación Formal, en el Distrito Central de Florida y en otros lugares, los acusados (... ) RICHARD PALACIOS, alias "Cachinge" con conocimiento y deliberadamente conspiraron con otras personas cuyos nombres son conocidos y desconocidos por el Gran Jurado para distribuir cinco (5) kilogramos 0 más de una sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, estando a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos.

    Todo en contravención de las Secciones 70503(a) y 70506(a) y (b) del Título 46 y la Sección 960(b)(I)(B)(ii) del Título 21 del Código de los Estados Unidos...".

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1838 del 7 de noviembre de 2019, señaló:

    "El 31 de octubre de 2018, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida emitió un auto de detención para la captura de Richard Geovanny Palacios Quiñones. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano RICHARD

    GEOVANNY PALACIOS QUIÑONES, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 2906 del 8 de noviembre de 2019, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales...

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