Resolución ejecutiva número 099 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 13 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 632659069

Resolución ejecutiva número 099 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49843

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1674 del 9 de septiembre de 2015, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Hernán Mauricio Zuluaga Bustos, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y delitos de concierto.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 10 de septiembre de 2015, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Hernán Mauricio Zuluaga Bustos, identificado con cédula de ciudadanía número 71480712, quien había sido detenido el 4 de septiembre de 2015, con fundamento en una notificación roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2010 del 26 de octubre de 2015, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Hernán Mauricio Zuluaga Bustos.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Hernán Mauricio Zuluaga Bustos es requerido para comparecer ajuicio por delitos federales de narcóticos y delitos de concierto. Es el sujeto de la acusación número 15 -20572-CR- Moore, dictada el 24 de julio de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, mediante la cual se acusa de: -- Cargo Uno: Concierto para distribuir una sustancia controlada (cinco kilogramos o más de cocaína), a sabiendas y con la intención de que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 959(a)(2), 960(b)(1)(B) y 963 del Código de los Estados Unidos; y -- Cargos Dos, Tres y Cuatro: A sabiendas y con la intención (sic) fabricar y distribuir una sustancia controlada (cinco kilogramos o más de cocaína), a sabiendas y con la intención de que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, o ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del Título 21, Secciones 959(a)(2) y 960(b)(1)(B) del Código de los Estados Unidos; y del Título 18, Sección 2 del Código de los Estados Unidos.

    (...) Un auto de detención contra Hernán Mauricio Zuluaga Bustos por estos cargos fue dictado el 24 de julio de 2015, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Hernán Mauricio Zuluaga Bustos, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 2451 del 26 de octubre de 2015, señaló que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    En consecuencia, es preciso señalar que se encuentra vigente para las Partes la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 198811. En ese sentido, el artículo 6, numerales 4 y 5 del precitado tratado disponen lo siguiente:

    [...] 4. Las Partes que no supediten la extradición a la existencia de un tratado reconocerán los delitos a los que se aplica el presente artículo como casos de extradición entre ellas.

    5. La extradición estará sujeta a las...

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