Resolución ejecutiva número 103 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 26 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847630163

Resolución ejecutiva número 103 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51418

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota Verbal número 496/2019 del 24 de octubre de 2019, el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano JHON FREDY RENDÓN MACHADO, requerido para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Elda Alicante, dentro de las diligencias Previas 772/2018, por los delitos de homicidio, pertenencia a organización criminal, tráfico de drogas y tenencia ilícita de armas, de conformidad con el Auto que decretó la prisión provisional del 24 de octubre de 2019.

2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante Resolución del 25 de octubre de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano JHON FREDY RENDÓN MACHADO, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.087.549.384, quien había sido retenido el 21 de octubre de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol, de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

3. Que mediante Nota Verbal número 620/2019 del 27 de diciembre de 2019, la Embajada de España en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano colombiano JHON FREDY RENDÓN MACHADO.

4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano JHON FREDY RENDÓN MACHADO, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 0015 del 3 de enero de 2020, conceptuó:

"Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y el Reino de España.

Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, los siguientes tratados en materia de extradición: · 'Convención de Extradición de Reos', suscrita en Bogotá, D. C., el 23 de julio de

1892.

· 'Protocolo modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España', adoptado en Madrid, el 16 de marzo de 1999...".

5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano JHON FREDY RENDÓN MACHADO, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número MJDOFI20-000505-DAI-1100 del 14 de enero de 2020, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la H. Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

6. Que la Sala de Casación Penal de la H. Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 10 de junio de 2020, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas convencionales aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano JHON FREDY RENDÓN MACHADO.

Sobre el particular, la H. Corporación precisó:

"Condiciones que debe imponer el Gobierno si autoriza la extradición.

Ante la eventual determinación positiva del Gobierno nacional, en todo caso, respetando la órbita de su competencia como supremo director de las relaciones internacionales y conforme lo solicitado por el Ministerio Público y la defensa de la reclamada, la Corte considera pertinente recordar que debe someter la extradición a los siguientes condicionamientos al país requirente: 3.1. Excluir la pena de muerte, la condena a prisión perpetua,...

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