Resolución ejecutiva número 130 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 17 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849553916

Resolución ejecutiva número 130 de 2020, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51440

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0733 del 31 de mayo de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Omar Olmedo Paredes, requerido para comparecer a juicio en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, por un delito federal de tráfico de narcóticos.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, la Fiscal General de la Nación (e), mediante resolución del 29 de junio de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Omar Olmedo Paredes, identificado con la cédula de ciudadanía número 12796448.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0400 del 28 de marzo de 2019, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Omar Olmedo Paredes, requerido para comparecer a juicio en la Corte Distrital de los

    Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, por los delitos de tráfico de narcóticos y concierto para delinquir.

  4. Que en atención a la segunda solicitud de detención provisional el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 5 de abril de 2019, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Omar Olmedo Paredes, identificado con la cédula de ciudadanía número 12796448.

  5. Que el 22 de mayo de 2019 se hizo efectiva la captura del ciudadano Omar Olmedo Paredes, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol, Seccional Nariño Grupo de Investigación Criminalística, de la Policía Nacional, con fundamento en la resolución del 5 de abril de 2019, siendo notificado posteriormente, el 4 de junio de 2019, de la resolución del 29 de junio de 2017.

  6. Que mediante Nota Verbal número 1015 del 19 de julio de 2019, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Omar Olmedo Paredes, para la Acusación del Distrito Sur de Florida y la Acusación del Distrito Medio de Florida, como se describe a continuación:

    - Distrito Sur de Florida.

    En la Acusación número 17-20016-CR-MOORE/McALILEY, dictada el 10 de enero de 2017, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, se le imputa al ciudadano requerido el siguiente cargo:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El gran jurado imputa lo siguiente: Desde al menos una fecha tan temprana como de alrededor del 30 de junio de 2015 y continuando hasta la fecha de aprobación de esta acusación formal, en los países de Colombia, Ecuador, Costa Rica, Guatemala, México y en otros lugares, los acusados: (... ) y,

    OMAR OLMEDO PAREDES alias "Familia"

    a sabiendas y voluntariamente se combinaron, conspiraron, se confederaron y concordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por parte del gran jurado para distribuir una sustancia controlada de la Categoría II, con la intención, a sabiendas y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia controlada sería ilícitamente importada a los Estados Unidos, en violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 959(a)(2); todo ello en transgresión de lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 963.

    Con respecto a los acusados, la sustancia controlada implicada en el concierto para delinquir que es atribuible a ellos como resultado de su propia conducta y la conducta de otros conspiradores que era razonablemente previsible para ellos, es de cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, en violación de lo dispuesto en el Título 21 del Código de los Estados Unidos,

    Secciones 963 y 960(b)(1)(B).1 (... )

    El país requirente, en la Nota Verbal número 1015 del 19 de julio de 2019, señaló:

    "Con base en el cargo descrito en la acusación, el 10 de enero de 2017, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida emitió un auto de detención para la captura de Omar Olmedo Paredes. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

    - Distrito Medio de Florida.

    En la Acusación número 8:18-cr- 153-T-17TGW, dictada el 29 de marzo de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, se le imputan al ciudadano requerido los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado imputa

    CARGO UNO

    A partir de una fecha desconocida, pero no posterior al 17 de junio de 2015, y en forma continua hasta aproximadamente la fecha de esta acusación formal, el acusado, OMAR OLMEDO PAREDES, quien será llevado inicialmente a los Estados Unidos a través de un punto en el Distrito Medio de Florida, a sabiendas y voluntariamente se juntó, concertó y acordó con otras personas tanto conocidas como desconocidas por el Gran Jurado, entre ellas personas que estaban a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos y quienes ingresaron por primera vez a los Estados Unidos a través de un lugar en el Distrito Medio de Florida, para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y sustancia contentivas de una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de Categoría II, ello en contra de las estipulaciones de la Sección 70503(a)(1) del Título 46 del Código de los Estados Unidos.

    1 Folios 164 a 166, ib.

    Todo ello en contra de las Secciones 70506 (a) y (b) del Título 46 del Código de EE. UU. y la Sección 960(b)(1)(B)(ii) del Título 21 del Código de EE. UU. y la Sección 3238 del Título 18 del Código de EE. UU.

    CARGO DOS

    A partir de una fecha desconocida, pero no posterior al 17 de junio de 2015, y...

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