Resolución ejecutiva número 147 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 2 de Junio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 934474346

Resolución ejecutiva número 147 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52414

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2426 del 21 de diciembre de 2021, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Antonio José Ardila Torres, requerido para comparecer a juicio por delitos relacionados con tráfico de drogas ilícitas y concierto para delinquir.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 21 de diciembre de 2021, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Antonio José Ardila Torres, identificado con la cédula de ciudadanía número 79145463, la cual se hizo efectiva el 3 de agosto de 2022, por miembros de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1625 del 28 de septiembre de 2022, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Antonio José Ardila Torres.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de una Segunda Acusación Sustitutiva en el Caso número 18-216 (S-2) (AMD) (también referido Caso número 18-GR-216 (AMD) y Caso 1:18-cr-00216(AMD)(RML), dictada el 15 de marzo de 2022, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, según se describe a continuación:

    "Acusación DE REEMPLAZO

    (...) EL GRAN JURADO PRESENTA LA SIGUIENTE ACUSACIÓN: CARGO UNO (Concierto para la distribución internacional de cocaína) 1. Aproximadamente entre enero de 2015 y abril de 2018, siendo ambas fechas aproximadas e inclusive, dentro de la jurisdicción extraterritorial de los Estados Unidos, los acusados Antonio José Ardila Torres, también conocido como "Coro"y "El Coronel", (...),junto con otros, a sabiendas e intencionalmente concertaron para distribuir una sustancia controlada, con la intención, a sabiendas y teniendo motivos razonables para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos desde un lugar fuera de estos, delito que involucró una sustancia que contenía cocaína, una sustancia controlada de categoría II, en contravención de las secciones 959(a) y 960(a)(3) del título 21, Código de los Estados Unidos. La cantidad de cocaína involucrada en el concierto atribuible a cada acusado como resultado de su propia conducta y de la conducta de otros cómplices razonablemente previsible para él, fue de cinco kilogramos o más de una sustancia que contenía cocaína.

    (Secciones 963, 960(b)(1)(B)(ii) y 959(d) del título 21, Código de los Estados Unidos; secciones 3238 y 3551 y siguientes del título 18, Código de los Estados Unidos)

    CARGO DOS

    (Distribución internacional de cocaína: aproximadamente 143 kilogramos de cocaína) 2. Aproximadamente entre mayo de 2016 y marzo de 2017, siendo ambas fechas aproximadas e inclusive, dentro de la jurisdicción extraterritorial de los Estados Unidos, los acusados Antonio José Ardila Torres, también conocido como "Coro" y "El Coronel", (...), junto con otros, a sabiendas e intencionalmente distribuyeron una sustancia controlada, con la intención, a sabiendas y teniendo motivos razonables para creer que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos desde un lugar fuera de estos, delito que involucró cinco kilogramos o más de una sustancia que contenía cocaína, una sustancia controlada de categoríaII".

    (Secciones 959(a), 959(d), 960(a)(3) y 960(b)(1)(B)(ii) del título 21, Código de los Estados Unidos; secciones 2, 3238 y 3551 y siguientes del título 18, Código de los Estados Unidos) ...".

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1625 del 28 de septiembre de 2022, señaló: "El 15 de agosto del 2022, con base en los cargos en la Segunda Acusación Sustitutiva, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York emitió un auto de detención para la captura de Ardila Torres. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Antonio José Ardila Torres, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 2833 del 28 de septiembre de 2022, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a...

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