Resolución ejecutiva número 155 de 2022, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 29 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 908517715

Resolución ejecutiva número 155 de 2022, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52110

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 040 del 4 de febrero de 2021, el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Yhon Jairo Acosta Montilla, requerido por el Juzgado 4º Federal Criminal de la Sección Judicial de Pernambuco, dentro del proceso 081265409-2018-4-05-8300, por los delitos de asociación ilícita y tráfico de drogas de conformidad con la Orden de Detención MPR.0004.000015-3/2015 del 29 de julio de 2015.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 5 de febrero de 2021, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Yhon Jairo Acosta Montilla, identificado con la cédula de ciudadanía número 86012078, quien había sido detenido el 30 de enero de 2021, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal número 090 del 5 de abril de 2021, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Yhon Jairo Acosta Montilla.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Yhon Jairo Acosta Montilla, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio S-DIAJI-21-007240 del 5 de abril de 2021, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y la República Federativa del Brasil.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentran vigentes los siguientes tratados en materia de extradición y cooperación judicial mutua:

    · El 'Tratado de Extradición' entre la República Federativa del Brasil y la República de Colombia, suscrito en Río de Janeiro, el 28 de diciembre de 1938 ...".

    · La 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. En ese sentido, el artículo 6º, numeral 2 del precitado tratado disponen lo siguiente: "[... ]

    Cada uno de los delitos a los que se aplica el presente artículo se considerará incluido entre los delitos que den lugar a extradición en todo tratado de extradición vigente entre las Partes [...]"..."

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Yhon Jairo Acosta Montilla, el Ministerio de Justicia y del Derecho mediante oficio número MJD OFI21-0014139-DAI-1100 del 22 de abril de 2021, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 22 de junio de 20222, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas convencionales aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano colombiano Yhon Jairo Acosta Montilla.

    Sobre el particular, la honorable Corporación precisó:

    "3. El concepto de la Sala:

    En razón a las...

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