Resolución ejecutiva número 155 de 2023, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023 - 2 de Junio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 934474355

Resolución ejecutiva número 155 de 2023, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52414

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Marco Fidel Cardona Cardona, identificado con la cédula de ciudadanía número 1087988322, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por el Cargo Uno (Concierto para importar cinco kilogramos o más de cocaína, y de fabricar, poseer con el intento de distribuir, y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y teniendo causa razonable para creer que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos), imputado en la Tercera Acusación Sustitutiva en el Caso número 21 CRIM 187, dictada el 16 de marzo de 2021, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.

  2. Que la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023 fue notificada al defensor del ciudadano requerido, por medio electrónico, el 8 de marzo de 2023, a través del oficio MJD-OFI23-0008117-GEX-10100 del 8 de marzo de 20231.

    El ciudadano Marco Fidel Cardona Cardona fue notificado personalmente del contenido de la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023, el 22 de marzo de 2023, en el establecimiento carcelario donde se encuentra recluido, tal como consta en el acta de la diligencia de notificación personal que suscribió al efecto.

    Tanto al ciudadano requerido como a su apoderado se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación.

  3. Que estando dentro del término legal, el ciudadano Marco Fidel Cardona Cardona, a través de correo electrónico del 3 de abril de 2023, allegó, al Ministerio de Justicia y del Derecho, el escrito mediante el cual interpone recurso de reposición y en subsidio apelación contra la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023.

    En este punto debe aclararse que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011 2, no procede el recurso de apelación para las resoluciones ejecutivas como la que se impugna en el presente caso, al haber sido expedida por el Gobierno nacional, conformado para este evento por el Presidente de la República y el Ministro de Justicia y del Derecho.

    En esa medida se procederá a resolver el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    El ciudadano Marco Fidel Cardona Cardona solicita que se adicione la Resolución Ejecutiva número 033 del 3 de marzo de 2023, con el fin de que el Estado requirente le garantice el derecho a la salud física y mental y le dé continuidad al tratamiento indicado en la historia clínica para las patologías que padece y aquellas garantías que permitan establecer, entre otros, el no aislamiento punitivo en una prisión federal de máxima seguridad, con el fin de prevenir, entre otros, el suicidio conexo a enfermedad mental y demás derechos conexos protegidos constitucional y convencionalmente.

    Adicionalmente, solicita que se aplace su entrega hasta tanto se...

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