Resolución ejecutiva número 207 de 2022, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE de Tumaco -Nariño- identificado con el NIT 800.179.8702 - 20 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 911641500

Resolución ejecutiva número 207 de 2022, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE de Tumaco -Nariño- identificado con el NIT 800.179.8702

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52163

La Ministra del Trabajo de la República de Colombia, delegataria de Funciones Presidenciales conforme al Decreto 1897 de 2022, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el inciso 3º del numeral 2 del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 21 de la Ley 510 de 1999, aplicable al Sistema General de Seguridad Social en Salud por remisión del parágrafo 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, la toma de posesión e intervención forzosa administrativa es una medida especial que tiene por finalidad "(...), establecer si la entidad vigilada debe ser objeto de liquidación; si es posible colocarla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, o si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones (...)".

Que el artículo 2.5.5.1.1 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social señala: "... la Superintendencia Nacional de Salud aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar (...) Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza (...) las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999, y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan".

Que el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, prevé que "Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un (1) año, prorrogable (...) por un plazo no mayor de un año; si en ese lapso no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesión, (...) dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva autorice una prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la entidad. " (Énfasis propio).

Que mediante Resolución 515 del 21 de marzo de 2017 la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE, en el departamento de Nariño, por el término de un (1) año, y designó como agente especial interventor al doctor BERNARDO OCAMPO MARTÍNEZ, posesionado según Acta S.D.M.E 03 del 22 de marzo de 2017 y como contralor a la firma AUDITORÍA Y GESTIÓN LTDA, según consta en Acta S.D.M.E 04 del mismo día, mes y año.

Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante las resoluciones que se señalan a continuación, prorrogó el término de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE, así:

· Resolución 3947 del 21 de marzo de 2018, por el término de seis (6) meses, es decir, hasta el hasta el 20 de septiembre de 2018.

· Resolución 9773 del 20 de septiembre de 2018, por el término de tres (3) meses, es decir, hasta el 21 de diciembre de 2018.

· Resolución 11693 del 21 de diciembre de 2018, por el término de tres (3) meses, es decir, hasta el 22 de marzo de 2019.

Que mediante la Resolución 822 del 27 de febrero de 2019, la Superintendencia Nacional de Salud aceptó la renuncia presentada por el doctor BERNARDO OCAMPO

MARTÍNEZ y designó como agente especial interventor al doctor PEDRO ESPITIA MANCIPE, posesionado según consta en el Acta S.D.M.E 08 del 28 de febrero de 2019.

Que el Gobierno nacional mediante las resoluciones ejecutivas que se señalan a continuación, autorizó la prórroga del término de la medida de intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE así:

· Resolución Ejecutiva 35 del 22 de marzo de 2019, por el término de seis (6) meses, es decir, hasta el 22 de septiembre de 2019.

· Resolución Ejecutiva 151 del 23 de septiembre de 2019, por el término de un (1) año...

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