Resolución ejecutiva número 212 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 26 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 680318013

Resolución ejecutiva número 212 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50245

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2019 del 14 de octubre de 2016, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Gerardo Enrique Obando Montaño, requerido para comparecer a juicio por un delito de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante resolución del 20 de octubre de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Gerardo Enrique Obando Montano, identificado con la cédula de ciudadanía número 16786215, la cual se hizo efectiva el 30 de noviembre de 2016, por funcionarios de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0087 del 25 de enero de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Gerardo Enrique Obando Montaño.

    En dicha Nota se informa que Gerardo Enrique Obando Montaño es requerido para comparecer a juicio por un delito de narcóticos. Señala que es el sujeto de la acusación número 4:16CR46, dictada el 14 de abril de 2016, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, en la que se mencionan los siguientes cargos:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    EL GRAN JURADO DE LOS ESTADOS UNIDOS HACE LA SIGUIENTE

    ACUSACIÓN: (...).

    Cargo (...)

    Infracción: 979 del T.21 del C.EE.UU. y la S.2 del T. 18 del C.EE.UU. (Fabricación y distribución de cocaína con la intención y conocimiento de que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos) Que desde algún momento o alrededor de enero de 2015 y desde entonces en forma inenterrumpida (sic) hasta e incluyendo el 13 de abril de 2016, en el Distrito Este de Texas y en otras partes, (... )

    Gerardo Obando Montano, alias Checo

    (■■■)

    Los acusados, intencionalmente y a sabiendas, fabricaron y distribuyeron cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia regulada de categoría II, sabiendo y con la intención de que tal cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos.

    En infracción de la S. 959 del T.21 del C.EE.UU, y la S.2 del T.18 del C.EE.UU.

    Cargo Dos

    Que desde algún momento o alrededor de enero de 2015 y desde entonces en forma ininterrumpida hasta e incluyendo el 13 de abril de 2016, en el Distrito Este de Texas y en otras partes, (...)

    Gerardo Obando Montano, alias Checo

    (... ) Los acusados, intencionalmente y a sabiendas, se unieron, conspiraron y se pusieron de acuerdo el uno con el otro y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado de los Estados Unidos, para intencionalmente y a sabiendas poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia regulada de categoría II, estando a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos, en infracción de las S. 70503 (a)y 70506(a)y (b) del T.46 del C.EE.UU. y la S. 960(b)(1)(B)(ii) del T. 21 del C.EE.UU...".

    (... ) Adicionalmente en la Nota Verbal 0087 del 25 de enero de 2017, señala que el auto de detención contra Gerardo Enrique Obando Montano por estos cargos fue dictado el 14 de abril de 2016, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (■■■) Todas las acciones adelantadas por el...

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