Resolución ejecutiva número 225 de 2022, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 6 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 912940664

Resolución ejecutiva número 225 de 2022, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52179

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal número 247/2021 del 28 de junio de 2021, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Yonis José Uribe Jiménez, requerido por el Juzgado de Instrucción número 4 de L'Hospitalet de Llobregat de Barcelona, dentro de las Diligencias Previas 195/2020-C, dimanante de las diligencias previas 363/2019-C, por un presunto delito de robo con violencia e intimidación, de conformidad con el Auto de Prisión del 12 de mayo de 2021, que decretó la prisión provisional, comunicada y sin fianza.

  2. Que, en atención a dicha solicitud el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 30 de junio de 2021, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Yonis José Uribe Jiménez, identificado con la cédula de ciudadanía número 5046854, quien había sido retenido el 25 de junio de 2021 por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal número 275/2021 del 19 de julio de 2021, formalizó el pedido de extradición del ciudadano colombiano Yonis José Uribe Jiménez, quien es requerido por haber participado en el asalto de una joyería, junto con otros tres cómplices, quienes intimidaron al empleado y se apropiaron de una gran cantidad de piezas de joyería y se apoderaron de 6.200 euros en efectivo que se encontraban depositados en la caja registradora.

  4. Que, luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Yonis José Uribe Jiménez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio S-DIAJI-21-016274 del 19 de julio de 2021, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y el Reino de España.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, los siguientes tratados en materia de extradición:

    · 'Convención de Extradición de Reos', suscrita en Bogotá, D. C., el 23 de julio de 1892.

    · 'Protocolo modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España', adoptado en Madrid, el 16 de marzo de 1999...".

  5. Que, el Ministerio de Justicia y del Derecho, al encontrar perfeccionado el expediente de extradición del ciudadano colombiano Yonis José Uribe Jiménez, mediante oficio número MJD-OFI21-0027681-DAI-1100 del 3 de agosto de 2021 lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  6. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 7 de septiembre de 20221, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas convencionales aplicables...

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