Resolución ejecutiva numero 228 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 28 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 940623321

Resolución ejecutiva numero 228 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52470

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

1. Que el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, mediante Notas Verbales números 036 de 2022 y 037 de 2022 del 27 y 28 de enero de 2022, respectivamente, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhon Jairo García Muñoz, requerido por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, de conformidad con el Auto del 26 de noviembre de 2012 que decretó la prisión provisional y ordenó librar órdenes de busca y captura y el Auto del 21 de febrero de 2019, que acordó el ingreso en prisión internacional.

2. Que, en atención a dicha solicitud el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 31 de enero de 2022, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhon Jairo García Muñoz, identificado con la cédula de ciudadanía número 94356231, quien había sido retenido el 25 de enero de 2022, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

3. Que el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal número 161 de 2022 del 12 de abril de 2022, formalizó el pedido de extradición del ciudadano colombiano Jhon Jairo García Muñoz, requerido por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, por los delitos de robo con violencia con empleo de arma, allanamiento de morada y detención ilegal.

4. Que, luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Jhon Jairo García Muñoz, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos

Jurídicos Internacionales, mediante oficio S-DIAJI-22-008899 del 13 de abril de 2022, conceptuó:

"Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y el Reino de España.

Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, los siguientes tratados en materia de extradición:

· 'Convención de Extradición de Reos', suscrita en Bogotá, D. C., el 23 de julio de

1892.

· 'Protocolo modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España', adoptado en Madrid, el 16 de marzo de 1999...".

5. Que, el Ministerio de Justicia y del Derecho, al encontrar perfeccionado el expediente de extradición del ciudadano colombiano Jhon Jairo García Muñoz, mediante oficio número MJD-OFI22-0013440-GEX-1100 del 22 de abril de 2022 lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

6. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 21 de junio de 2023 1, emitió concepto mixto, favorable para la extradición del ciudadano Jhon Jairo García Muñoz, únicamente por los delitos de robo con violencia y uso de armas y la detención ilegal, y desfavorable por el delito de allanamiento de morada, teniendo en cuenta que para este último no se cumple con el requisito del principio de la doble incriminación.

Sobre el particular, la Honorable Corporación precisó:

4.4. La doble incriminación de la conducta imputada.

El artículo 1º del Protocolo Modificatorio de la Convención de Extradición de Reos establece que la extradición resulta procedente cuando la persona requerida es perseguida por algún delito o para la ejecución de una pena privativa de la libertad no inferior a un año, a cuyo efecto "será indiferente el que las Leyes de las Partes clasifiquen o no al delito en la misma categoría de delitos o usen la misma terminología para designarlo".

Ahora, en lo que...

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