Resolución ejecutiva número 343 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 7 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 953705338

Resolución ejecutiva número 343 de 2023, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52572

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0128 del 30 de enero de 2023, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jorge Giovanny González López, requerido para comparecer a juicio por delitos de contrabando, armas de fuego y concierto para delinquir.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 31 de enero de 2023, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Jorge Giovanny González López, identificado con la cédula de ciudadanía número 71229667, la cual se hizo efectiva el 15 de febrero de 2023, por miembros de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0465 del 3 de abril de 2023, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jorge Giovanny González López.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de una Acusación en el Caso número 8:22-cr-251-CEH-JSS, dictada el 20 de julio del 2022, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado alega que:

    CARGO UNO

    (Conciertopara contrabandear bienes desde los Estados Unidos - secc. 371 Tít. 18

    Cód. EE. UU.)

    A. Introducción

    En momentos relevantes para esta acusación formal: 1. Jorge Giovanny González-López ("González-López"), alias "ElMostro", era un ciudadano colombiano que viajaba a los Estados Unidos.

    (... ) 6. La Ley de Control de Exportación de Armas ("AECA", por sus siglas en inglés) y su reglamento asociado, el Reglamento de Tráfico Internacional de Armas ("ITAR", por sus siglas en inglés) (seccs. 120 a 130 Tít. 22 Cód. Reg. Fed.), requerían que una persona solicitara y obtuviera una licencia de exportación de la Dirección de Controles Comerciales de Defensa ("DDTC", por sus siglas en inglés) del Departamento de Estado, antes de exportar artículos de defensa o servicios de defensa de los Estados Unidos (secc. 2778(b)(2) Tít. 22 Cód. EE. UU.). La definición de "exportar" en la secc. 120.17(a) Tít. 22 Cód. Reg. Fed. incluía el envío o el transporte de un artículo de defensa fuera de los Estados Unidos, de cualquier manera.

    7. En la solicitud de licencia de exportación, un exportador tenía que estipular, entre otras cosas, la naturaleza del artículo de defensa que pensaba exportar, el destinatario final del artículo de defensa y el propósito previsto para el artículo de defensa. La DDTC sopesaba estos factores para determinar si la exportación de dicho artículo de defensa promovería los intereses de seguridad y política exterior de los Estados Unidos, o si de otra manera afectaría la paz mundial.

    8. El Departamento de Estado, con la coincidencia del Departamento de Defensa, designaba artículos como "artículos de defensa" en la Lista de Municiones de los Estados Unidos ("USML", por sus siglas en inglés), los cuales estaban sujetos a estos requisitos de licencia.

    9. Los "artículos de defensa" designados en la USML, según el uso de dicho término en la secc. 2778(b)(2) Tít. 22 Cód. EE. UU. y el ITAR, incluían diversas clasificaciones de armas convencionales, entre ellas armas de fuego, municiones y dispositivos relacionados.

    10. Las armas de fuego no automáticas y semiautomáticas hasta calibre .50 inclusive (12.7 mm) eran artículos de defensa dentro de la Categoría 1(a) de la USML. Una persona que quería exportar dichos artículos de defensa de los Estados

    Unidos tenía que inscribirse primero con la DDTC y solicitar y recibir una licencia de exportación.

    B. El concierto para delinquir

    11. Comenzando en una fecha desconocida, pero al menos tan temprano como octubre de 2017, y continuando hasta al menos enero de 2020, ambas fechas inclusive y aproximadas, en el Distrito Medio de Florida y en otros lugares, el acusado JORGE GIOVANNY GONZÁLEZ-LÓPEZ, alias "El Mostro" a sabiendas e intencionalmente se combinó, conspiró y acordó con (...) y otras personas conocidas y desconocidas por el gran jurado, para cometer delitos en contra de los Estados Unidos, es decir, fraudulentamente y a sabiendas exportar y enviar, y hacer la tentativa de exportar y enviar, artículos, mercancías y objetos en contravención de cualquier ley o reglamento de los Estados Unidos, específicamente, al enviar artículos de defensa dentro del significado de la USML desde los Estados Unidos, sin antes obtener una licencia del Departamento de Estado, en contravención de la sección 2778(b)(2) del Título 22 del Código de los EE. UU., en contravención de la sección 554 del Título 18 del Código de los EE. UU.

    (... )

    CARGO DOS

    (Contrabando de bienes desde los Estados Unidos - secc. 554 Tít. 18 Cód EE. UU.)

    El 27 de diciembre de 2017, o alrededor de esa fecha, en Tampa, en el Distrito Medio de Florida, el acusado JORGE GIOVANNY GONZÁLEZ-LÓPEZ, alias "El Mostro", fraudulentamente y a sabiendas exportó y envió, y ayudó y apoyó la exportación y el envío de artículos, mercancías y objetos en contravención de cualquier ley o reglamento de los Estados Unidos, específicamente, al enviar artículos de defensa reglamentados por la AECA, es decir, un arma de fuego Stag-15 de Stag Arms y un arma de fuego AM-15 de Anderson Manufacturing, de los Estados Unidos a Colombia (número de rastreo de FedEx -2069; número de rastreo de conocimiento de embarque - 3881), sin antes haber obtenido una licencia para hacerlo del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en contravención de la sección 2778(b)(2) del Título 22 del Código de los EE. UU.

    En contravención de las secciones 554y 2 del Título 18 del Código de los EE. UU.

    CARGO TRES

    (Contrabando de bienes desde los Estados Unidos - secc. 554 Tít. 18 Cód. EE. UU.)

    El 20 de febrero de 2018, o alrededor de esa fecha, en Clearwater, en el Distrito Medio de Florida, el acusado JORGE GIOVANNY GONZÁLEZ-LÓPEZ, alias "El Mostro", fraudulentamente y a sabiendas exportó y envió, y ayudó y apoyó la exportación y el envío de artículos, mercancías y objetos en contravención de cualquier ley o reglamento de los Estados Unidos, específicamente, al enviar artículos de defensa reglamentados por la AECA, es decir, un arma de fuego AM-15 de Anderson Manufacturing, de los Estados Unidos a Colombia (número de rastreo de FedEx -2950), sin antes haber obtenido una licencia para hacerlo del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en contravención de la sección 2778(b)(2) del Título 22 del Código de los EE. UU.

    En contravención de las secciones 554y 2 del Título 18 del Código de los EE. UU.

    CARGO CUATRO

    (Contrabando de bienes desde los Estados Unidos - secc. 554 Tít. 18 Cód. EE. UU.)

    El 20 de febrero de 2018, o alrededor de esa fecha, en Clearwater, en el Distrito Medio de Florida, el acusado JORGE GIOVANNY GONZÁLEZ-LÓPEZ, alias "El Mostro", fraudulentamente y a sabiendas exportó y envió, y ayudó y apoyó la exportación y el envío de artículos, mercancías y objetos en contravención de cualquier ley o reglamento de los Estados Unidos, específicamente, al enviar artículos de defensa reglamentados por la AECA, es decir, un arma de fuego AM-15 de Anderson Manufacturing, de los Estados Unidos a Colombia (número de rastreo de FedEx -3766), sin antes haber obtenido una licencia para hacerlo del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en contravención de la sección 2778(b)(2) del Título 22 del Código de los EE. UU.

    En contravención de las secciones 554y 2 del Título 18 del Código de los EE. UU.

    CARGO CINCO

    (Contrabando de bienes desde los Estados Unidos - secc. 554 Tít. 18 Cód. EE. UU.)

    El 21 de febrero de 2018, o alrededor de esa fecha, en Tampa, en el Distrito Medio de Florida, el acusado JORGE GIOVANNY GONZÁLEZ-LÓPEZ, alias "El Mostro", fraudulentamente y a sabiendas exportó y envió, y ayudó y apoyó la exportación y el envío de artículos, mercancías y objetos en contravención de cualquier ley o reglamento de los Estados Unidos, específicamente, al enviar artículos de defensa...

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