Resolución ejecutiva número 360 de 2014, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 11 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 548545878

Resolución ejecutiva número 360 de 2014, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49362

El Ministro de Defensa Nacional de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales conforme al Decreto 2474 del 2 de diciembre de 2014, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0244 del 12 de febrero de 2014, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Ubaner Alberto Acevedo Espinosa, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de lavado de dinero.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 4 de marzo de 2014, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Ubaner Alberto Acevedo Espinosa, identificado con la cédula de ciudadanía número 80040713, la cual se hizo efectiva el 19 de marzo de 2014, por miembros de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0838 del 16 de mayo de 2014, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Ubaner Alberto Acevedo Espinosa.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Ubaner Alberto Acevedo Espinosa es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de lavado de dinero. Es el sujeto de la acusación número 13-20556-CR-UNGARO/ TORRES, dictada el 30 de julio de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para cometer delitos de lavado de dinero, en violación del Título 18, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y 1956(h) del Código de los Estados Unidos; y

    -- Cargos Dos y Nueve: Lavado de dinero, y ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del Título 18, Secciones 1956(a)(1)(B)(i) y 2 del Código de los Estados Unidos.

    (...)

    Un auto de detención contra Ubaner Alberto Acevedo Espinosa por estos cargos fue dictado el 30 de julio de 2013, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...)

    El período de tiempo de los delitos que aparecen descritos en la acusación comprende desde febrero del 2008 hasta junio del 2009. Por lo tanto, todas las acciones delictivas fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Ubaner Alberto Acevedo Espinosa, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 0987 del 19 de mayo de 2014, señaló que se encuentra vigente entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, "la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustanciaspsicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado instrumento internacional disponen lo siguiente:

    '[...]

Artículo 6º

Extradición.

4. Las Partes que no supediten la extradición a la existencia de un tratado reconocerán los delitos a los que se aplica el presente artículo como casos de extradición entre ellas.

"5. La extradición estará sujeta a las condiciones previstas por la legislación de la Parte requerida o por los tratados de extradición aplicables, incluidos los motivos por los que la Parte...

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