Resolución ejecutiva número 364 de 2023, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 281 del 8 de septiembre de 2023 - 27 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 971825567

Resolución ejecutiva número 364 de 2023, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 281 del 8 de septiembre de 2023

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52592

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en los artículos 74 y 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva número 281 del 8 de septiembre de 2023, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Binley Castro Chillambo, identificado con la cédula de ciudadanía número 87948536, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América por el Cargo Uno (Concierto para distribuir y causar la distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención y el conocimiento de que la cocaína sería importada ilegalmente a los Estados Unidos) imputado en la acusación en el Caso número 18-20347 CR-COOKE/GOODMAN, dictada el 27 de abril de 2018, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida.

    En la misma decisión, el Gobierno nacional resolvió no diferir la entrega del ciudadano colombiano Binley Castro Chillambo por cuenta del Proceso número 520016000000202200128, que conoce la Fiscalía 104 de la Dirección Seccional de Pasto, por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos, con la advertencia al Estado requirente de que cumplida una eventual condena por los hechos por los que se concede la extradición o cuando de algún modo cese el motivo de detención, el ciudadano requerido deberá retornar al país, para comparecer al proceso penal en caso de que así se requiera.

  2. Que la Resolución Ejecutiva número 281 del 8 de septiembre de 2023 fue notificada personalmente, el 15 de septiembre de 2023, al ciudadano colombiano Bin-ley Castro Chillambo tal como consta en el acta de la diligencia de notificación que suscribió al efecto; y a la defensora, en la misma fecha, por medio electrónico, mediante oficio MJD-OFI23-0034466-GEX-10100 del 14 de septiembre de

    20231.

    1 Según la constancia allegada al expediente, el correo electrónico fue entregado a la defensora el 15 de septiembre de 2023.

    Tanto al ciudadano requerido como a su apoderada se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación.

  3. Que, estando dentro del término legal, la defensora del ciudadano colombiano Binley Castro Chillambo, mediante escrito recibido, por correo electrónico, en el Ministerio de Justicia y del Derecho, el 27 de septiembre de 2023, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 281 del 8 de septiembre de 2023.

  4. Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:

    En el escrito de impugnación, la recurrente menciona la Resolución Ejecutiva número 281 del 8 de septiembre de 2023 y el nombre de Binley Castro Chillambo, pero en el desarrollo del documento hace referencia a dos cargos imputados en la acusación y consigna datos que no corresponden al expediente de extradición de este ciudadano.

    Refiere que al ciudadano requerido se le imputan dos cargos (Cargo Uno: Concierto para fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que la cocaína sería ilegalmente importada a los Estados Unidos, y Cargo Dos: Fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y causa razonable para creer que la cocaína sería ilegalmente importada a los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito), y advierte que "En esas condiciones, considera esta defensa, se encuentran satisfechos el presupuesto de la existencia de sentencia _previa en firme con fuerza vinculante".

    Luego de trascribir el artículo 20 de la Ley 600 de 2000 (investigación integral), el artículo 8º de la Ley 599 de 2000 (prohibición de doble incriminación) y el artículo 251 de la Ley 1564 de 2012 (Documentos en idioma extranjero y otorgados en el extranjero), la recurrente indica que la conducta por la cual se solicita la extradición de su prohijado corresponde a unos hechos aislados por información de una fuente humana y que se toma como cierto lo dicho dentro del relato con el cual las autoridades lo consideran como suficiente para cumplir con el proceso de extradición hacia el exterior.

    En virtud de lo anterior, la defensora solicita:

    "Primero: Ruego al despacho tenga en cuenta los argumentos de derecho antes descritos en el libelo del recurso, y se revoque el artículo primero de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR