Resolución ejecutiva número 416 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 7 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 698779613

Resolución ejecutiva número 416 de 2017, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50440

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0980 del 6 de julio de 2017, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano dominicano Juan Alberto Euclides Astacio Méndez, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de tráfico de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 7 de julio de 2017, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano dominicano Juan Alberto Euclides Astacio Méndez, identificado con Cédula de Ciudadanía de República Dominicana número 001 -1299484-3 y pasaporte SC8389431, quien había sido detenido el 30 de junio de 2017, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1293 del 18 de agosto de 2017, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano dominicano Juan Alberto Euclides Astacio Méndez.

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la Acusación número 16498 (CCC), dictada el 10 de agosto de 2016, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, en la que se menciona los siguientes cargos:

    "CARGOS POR EL GRAN JURADO

    PRIMER CARGO

    (Título 21, Código de los Estados Unidos, &&& 952(a), 960(a)(1) & (b)(1)(B), y 963) CONSPIRACIÓN PARA IMPORTAR SUSTANCIAS CONTROLADAS

    Comenzando en o alrededor de junio de 2016 hasta o alrededor del 11 de julio de 2016, en el Distrito de Puerto Rico, en otros lugares, y dentro de la jurisdicción de este Tribunal,

    (... )

    [6]

    JUANASTACIO-MÉNDEZ, TCC "Astacio",

    (... )

    Los aquí acusados, a sabiendas y voluntariamente combinaron, conspiraron, y acordaron entre cada uno de ellos y otros desconocido ante el Gran Jurado, para cometer un delito contra los Estados Unidos. A saber: la importación hacia los Estados Unidos del extranjero cinco (5) kilogramos o más de alguna mezcla o sustancia que contiene cantidades detectables de cocaína, una sustancia controlada de la Clasificación II; un kilogramo o más de alguna mezcla o sustancia que contiene cantidades detectables de heroína, una sustancia controlada de la Clasificación I; y una mezcla o sustancia que contiene cantidades detectables de marihuana, una sustancia controlada de la Clasificación I. Todo esto en violación al Título 21, Código de los Estados Unidos, &&&& 952(a), 960(a)(1) & (b)(1)(B), 841(b)(1)(D) y 963.

    SEGUNDO CARGO

    (Título 21, Código de los Estados Unidos, 952(a) & Título 18 Código de los Estados Unidos. &2)

    IMPORTACIÓN DE SUSTANCIAS CONTROLADAS, INCITACIÓN Y

    COMPLICIDAD

    En o alrededor del 11 de julio de 2016, en el Distrito de Puerto Rico, algún otro lugar, y dentro de la jurisdicción de este Tribunal,

    (... )

    [6]

    JUAN ASTACIO- MÉNDEZ, TCC "Astacio",

    (... )

    Los aquí acusados, a sabiendas y voluntariamente, incitaron y se hicieron cómplices uno a otro, para importar hacia los Estados Unidos del extranjero cinco (5) kilogramos 0 más de alguna mezcla o sustancia que contiene cantidades detectables de cocaína, una sustancia controlada de la Clasificación II. Todo esto en violación al Título 21, Código de los Estados Unidos, && 952(a) 960(a)(1) & (b)(1)(B), y del Título 18, Código de los Estados Unidos, & 2.

    TERCER CARGO

    (Título 21, Código de los Estados Unidos, 952(a) & Título 18 Código de los Estados Unidos, &2) IMPORTACIÓN DE SUSTANCIAS CONTROLADAS, INCITACIÓN Y COMPLICIDAD

    En o alrededor del 11 de julio de 2016, en el Distrito de Puerto Rico, algún otro lugar, y dentro de la jurisdicción de este Tribunal,

    (... )

    [6]

    JUAN ASTACIO-MÉNDEZ, TCC "Astacio",

    (... )

    Los aquí acusados, a sabiendas y voluntariamente, incitaron y se hicieron cómplices uno del otro, para importar hacia los Estados Unidos del extranjero, un kilogramo o más de alguna mezcla o sustancia que contiene cantidades detectables de heroína, una sustancia controlada de la Clasificación I. Todo esto en violación al Título 21, Código de los Estados Unidos, && 952(a) 960(a)(1) y (b)(1)(A), y Título 18, Código...

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