Resolución ejecutiva número 425 de 2017, por la cual se ordena una entrega. - 20 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699625209

Resolución ejecutiva número 425 de 2017, por la cual se ordena una entrega.

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50453

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución Ejecutiva Nº 363 del 12 de diciembre de 2014, el Gobierno nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Daniel Ren-dón Herrera, identificado con la cédula de ciudadanía número 8011256, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América, por los siguientes cargos:

    Cargo Uno: Concierto para: (a) suministrar apoyo material o recursos a una organización terrorista Internacional, a saber, las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), que fue y continua siendo designada como organización terrorista Internacional por el Secretario de Estado de los Estados Unidos; y (b) suministrar a las AUC armas, utilidades provenientes de la venta de narcóticos, personal, y otro tipo de respaldo y recursos, con el conocimiento de que las AUC habían participado y estaban participando en actividad terrorista, y

    Cargo Dos: Concierto para: (a) importar cinco kilogramos o más de cocaína a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos; y (b) distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con el conocimiento y la intención de que dicha sustancia sería importada a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos.

    Los anteriores cargos se encuentran mencionados en la acusación sustitutiva número S6 04 Cr. 962 (LAP), dictada el 1 de octubre de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.

    En la misma decisión, el Gobierno nacional negó la extradición del ciudadano colombiano Daniel Rendón Herrera por el Cargo Tres (Concierto para fabricar, distribuir y poseer con la intención de fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con el conocimiento y la intención de suministrar, directa o indirectamente, algo de valor monetario a una persona y organización que ha participado y participa en actividad terrorista y terrorismo, a saber, las AUC, sus miembros, operativos y asociados, teniendo conocimiento de que dichas personas y organización han participado en y participan en terrorismo y actividad terrorista), referido en la acusación sustitutiva número S6 04 Cr. 962 (LAP), dictada el 1º de octubre de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, teniendo en cuenta que para este Cargo la Sala de...

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