Resolución Externa 6 de 2006: Por la cual se señalan las condiciones financieras a las cualesdebe sujetarse la Nación para colocar títulos de deuda pública externa en los mercados de capitales internacionales. - 2 de Junio de 2006 - Boletín de la Junta Directiva del Banco de la República de Colombia - Normativa - VLEX 810644285

Resolución Externa 6 de 2006: Por la cual se señalan las condiciones financieras a las cualesdebe sujetarse la Nación para colocar títulos de deuda pública externa en los mercados de capitales internacionales.

JurisdicciónColombia
Fecha de publicación02 Junio 2006
BOLETÍN
No.
Fecha
Páginas
022
2
de junio de
2006
79
CONTENIDO
Página
Resolución Externa
No.
6
de
2006.
“Por la cual se señalan las condiciones
financieras a las cuales debe sujetarse la Nación para colocar títulos de deuda
pública externa en los mercados de capitales internacionales”.
Circular Reglamentaria Externa
DCiN-83
del
2
de junio de
2006.
“Asunto
10:
Procedimiento aplicable a las operaciones de cambio”.
Este Boletín se publica en desarrollo de
lo
dispuesto en el literal a) del artículo
51
de la Ley
3
1 de 1992
y
del parágrafo del artículo
1
O8
de la Ley
5
1
O
de 1999
Secretaría Junta Directiva
-
Carrera
7”.
No.
14-78
Piso
6”.
-
Bogotá D.C.
-
Teléfonos: 343
11
92
-
343 0374
BANCO
DE
LA
REP~BLICA
BR-0-508-0
RESOLUCION EXTERNA No.
6
DE
2006
(Junio 2)
Por la cual se señalan las condiciones financieras a las cuales debe sujetarse la Nación para
colocar títulos de deuda pública externa en los mercados de capitales internacionales.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de
sus
facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren
los literales c) y h) del artículo 16 de la Ley
3
1 de 1992,
RE SUE LVE:
Artículo
1”.
Sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos por las
normas vigentes, en especial en materia presupuesta1 y de crédito público, y con el fin de
asegurar que
su
colocación se efectúe en condiciones de mercado, los títulos en moneda
extranjera que, hasta por
un
monto de dos mil millones de dólares (US$2.000.000,00) de
los Estados Unidos de América
o
su
equivalente en otras monedas, emita y coloque la
Nación en los mercados de capitales internacionales y cuyos recursos se destinen a
financiar apropiaciones presupuestales para la vigencia fiscal de los
años
2007
y
2008,
se
sujetarán a las siguientes condiciones financieras:
PLAZO:
Superior a dos
años
dependiendo del mercado a acceder.
INTERÉS:
Tasa fija
o
variable atendiendo a las condiciones del mercado
en
la
fecha de colocación de los títulos, con sujeción a los límites que la Junta Directiva
del Banco de la República señale al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
OTROS GASTOS
Y
COMISIONES:
Los propios del mercado para esta clase de
operaciones.
Parágrafo:
títulos de que trata no podrán ser ofrecidos ni colocados.
Sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta resolución, los
Artículo
2O.
En adición a lo señalado en el artículo
lo,
el monto de los títulos en moneda
extranjera de la Nación de que trata la resolución externa
8
de 2004 que no sea emitido ni
colocado en 2006, podrá utilizarse para realizar emisiones
y
colocaciones durante el año
2007, en las condiciones financieras establecidas en esta resolución, con el fin de financiar
apropiaciones presupuestales de esa vigencia fiscal.
BANCO
DE
LA
REP~BLICA
BR-0-508-0
Artículo
3".
Cada vez que se proyecte efectuar una emisión, el Director General de Crédito
Público
y
Tesoro Nacional lo informará a la Junta Directiva del Banco de la República.
Así
mismo, dentro de'los diez días siguientes a la fecha de cada emisión informará al Banco de
la República sobre el resultado de la colocación de los títulos a que se refiere la presente
Resolución.
Artículo
4".
La presente resolución rige desde la fecha de
su
publicación.
RA
GE
Presidente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR