RESOLUCION LOCAL 104 RD 5644 - 31 de Julio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587374146

RESOLUCION LOCAL 104 RD 5644

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5644 31 JULIO 2015
EmisorAlcaldia Local de Candelaria
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5644 • pP. 1-10 • 2015 • JULIO 31
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ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA
Resolución Local Número 104
(Junio 30 de 2015)
“Por medio de la cual se adopta el Reglamento
Interno del Consejo Local de Gestión del
Riesgo y Cambio Climático de la Localidad de la
Candelaria”.
EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de las facultades conferidas por el
Decreto Ley 1421 de 1993 y del Decreto Distrital
172 de 2014 artículos 21, 22, 23, 24, 25 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Decreto 172 de 2014
artículo 21, el objeto del Consejo Local de Gestión
de Riesgos y Cambio Climático de la Localidad La
Candelaria, es la instancia de coordinación, asesoría,
planeación, consulta, seguimiento y evaluación de la
administración local, que garantizar la efectiva articu-
lación de los procesos de gestión de riesgos y cambio
climático, en armonía con las disposiciones del Plan
Distrital de Gestión de Riesgos y el Plan Distrital de
Mitigación y Adaptación al Cambio Climático.
Que de conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993.
Artículo 86. Numeral 4. Atribuciones: “Coordinar la
acción administrativa del Distrito en la localidad”, y el
Decreto Distrital 172 de 2014. Artículo 22, Parágrafo 1.
“Los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cam-
bio Climático se reunirán ordinariamente cada mes y
extraordinariamente cuando los convoque el respectivo
Alcalde Local, La delegación de la asistencia se regirá
por lo dispuesto en la Ley 489 de 1998”.
Que el artículo 22 del Decreto 172 de 2014 señala la
integración de esta instancia local y ordena que sea
el Alcalde Local como primera autoridad Local quien
lo presida.
Que de conformidad con el Decreto Distrital 172 de
2014. Artículo 25°. Funciones de los Alcaldes Locales
en relación con la gestión de riesgos y cambio climá-
tico. Numeral 2 “Coordinar y hacer seguimiento a la
ejecución del Plan Local de Gestión de Riesgos y los
demás instrumentos de gestión de qué trata el presente
Decreto, con el apoyo del Consejo Local de Gestión
de Riesgos y Cambio Climático”.
Que entre las funciones que otorga el Art. 24 del
decreto 172 se encuentra la de adoptar el reglamento
interno del Consejo Local de Gestión del Riesgo y
Cambio Climático.
Por lo anteriormente expuesto el Alcalde Local,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Adopción.- Adóptese el
Reglamento interno el cual fue discutido socializado y
aprobado al interior del Consejo Local de Gestión del
Riesgo y Cambio Climático en reunión del 2 de junio
del 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Funciones.- Corresponde
al Consejo Local de Gestión de Riesgos y Cambio
Climático, en armonía con el Plan Distrital de Gestión
de Riesgos, Plan Distrital de Mitigación y Adaptación
al Cambio Climático y la Estrategia Distrital de Res-
puesta, adelantar las siguientes funciones Especícas:
1. Conceptuar sobre el proyecto del Plan Local de
Gestión de Riesgos y Cambio Climático en ade-
lante PLGR-CC y demás instrumentos de gestión
de riesgos y cambio climático de forma previa a
su adopción.
2. Apoyar la preparación y elaboración del compo-
nente de Gestión de Riesgos y cambio climático
que debe ser incluido en el Plan de Desarrollo
Local, y en los demás instrumentos de planeación
del desarrollo local. Y asesorar al Alcalde o Alcal-
desa local para la formulación de los proyectos de
los Planes Operativos de Inversión Local.
3. Orientar y coordinar la distribución y asignación de
responsabilidades para la ejecución del Plan Local
de Gestión de Riesgos y demás instrumentos de
gestión de riesgos y cambio climático.
4. Formular recomendaciones sobre la incorporación
de la gestión de riesgos y cambio climático en
los procesos de ordenamiento de la Unidad de
Planicación Zonal, o quien haga sus veces.
5. Realizar el seguimiento y monitoreo de los indi-
cadores formulados en el Plan Local de Gestión
de Riesgos.
6. Coordinar el desarrollo de procesos formativos
y organizativos que permitan a las comunidades
en sus diferentes contextos identicar, valorar y
prevenir o mitigar los riesgos y efectos del cambio
climático, así como apoyar el desarrollo de ca-
pacidades de autogestion y respetar sus propias
formas de organización y gestión de riesgos y
cambio climático.
7. Realizar la convocatoria para la postulación de
las iniciativas comunitarias de gestión de riesgos
RESOLUCIÓN LOCAL DE 2015

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