Resolución número 5095 de 2012, por medio de la cual se autoriza una inscripción como colombiano 1 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Decreto número 1918 de 2012, por el cual se acepta una renuncia y se efectúa un nombramiento ordinario en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - 17 de Septiembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 399090414

Resolución número 5095 de 2012, por medio de la cual se autoriza una inscripción como colombiano 1 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Decreto número 1918 de 2012, por el cual se acepta una renuncia y se efectúa un nombramiento ordinario en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín48556
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVIII No. 48.556 Edición de 40 páginas Bogotá, D. C., lunes, 17 de septiembre de 2012 I S S N 0122-2112
DIARIO OFICIAL
IMPRENTA
NACIONAL
República de Colombia
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de
enero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional
de Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos
estatales no requieren publicación ante la desaparición del
Diario Único de Contratación Pública”.
MINISTERIO DEL INTERIOR
DECRETOS
(septiembre 17)
por el cual se acepta una renuncia y se hace un nombramiento en la planta de personal
del Ministerio del Interior
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política
DECRETA
Artículo 1°. Acéptese a partir del 17 de septiembre de 2012, la renuncia presentada por
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79783751, al cargo de Secretario General, código 0035, grado 24, de la planta global, ubicado
en la Secretaría General del Ministerio del Interior.
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de ciudadanía número 19440295, en el cargo de Secretario General, código 0035, grado 24,
de la planta global, ubicado en la Secretaría General del Ministerio del Interior.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Fernando Carrillo Flórez.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 5095 DE 2012
(agosto 27)
por medio de la cual se autoriza una inscripción como colombiano.
La Ministra de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, en virtud de las facul-
tades consagradas en la Ley 43 de 1993 y en ejercicio de la delegación presidencial conferida
por el Decreto 1869 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia establece la autorización del
Gobierno para la inscripción como colombianos por adopción de los extranjeros latinoame-
ricanos y del Caribe por nacimiento, domiciliados en Colombia, ante la municipalidad donde
se establecieren.
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pasaporte mexicano número 10815669216, documento en el que consta como fecha y lugar
de nacimiento el 1° de noviembre de 1938, en México D.F., Estados Unidos Mexicanos, so-
licitó al Ministerio de Relaciones Exteriores se le inscribiera como nacional colombiano por
adopción ante la alcaldía municipal de su domicilio.
Que para el efecto, el señor Harald Klint Sager cumplió con los requisitos previstos por
la Constitución Política y las leyes colombianas.
RESUELVE:
Artículo 1°. Autorizar a la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C., para que inscriba como
colombiano por adopción, previo el trámite legal correspondiente, al ciudadano mexicano,
señor Harald Klint Sager.
Artículo 2°. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, que podrá
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Notifíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 27 de agosto de 2012.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21201596. 17-IX-2012. Valor $248.000.
MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 1918 DE 2012
(septiembre 17)
por el cual se acepta una renuncia y se efectúa un nombramiento ordinario
en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y

en concordancia con lo dispuesto en el artículo 114 del Decreto Reglamentario 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1°. Acéptase a partir de la fecha de expedición del presente acto administrativo la
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de ciudadanía número 52224219, del cargo de Secretario General de Ministerio 0035-23 del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2°. Nómbrase con carácter ordinario a la doctora Claudia Isabel González Sánchez,
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General de Ministerio 0035-23 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
RESOLUCIONES
(septiembre 14)
por la cual se autoriza a la Nación para emitir, suscribir y colocar títulos de deuda pública
externa hasta por la suma de mil millones de dólares (US $1.000.000.000) de los Estados
Unidos de América, o su equivalente en otras monedas y se dictan otras disposiciones.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial
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CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° del Decreto número 2681 de 1993 autoriza a las entidades estatales para
realizar operaciones de crédito público, dentro de las cuales se encuentran comprendidas, entre
otras, la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública;
Que el artículo 10 de la Ley 533 de 1999 establece que son títulos de deuda pública los
documentos y títulos valores de contenido crediticio y con plazo para su redención que emitan
las entidades estatales;
Que el artículo 19 del Decreto número 2681 de 1993 establece que la emisión y colocación
de títulos de deuda pública a nombre de la Nación requiere autorización impartida mediante
resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual se puede otorgar una vez se
cuente con el concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Social –Con-

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