Resolución Misional Nº 0517 de Secretaria Distrital de Planeación, 14-05-2013 - Normativa - VLEX 816497461

Resolución Misional Nº 0517 de Secretaria Distrital de Planeación, 14-05-2013

Fecha14 Mayo 2013
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
Resolución No. 0
5 1
7
14 MA 2013
Por la cual se decide el recurso de apelación interpuesto contra la Licencia de Construcción LC 13-2-0332 del
12 de marzo de 2013, otorgada por el Curador Urbano 2 de Bogotá D.C.
LA SUBSECRETARIA JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE
PLANEACIÓN
En uso de sus facultades legales, en especial las otorgadas en el artículo 42 del Decreto
Nacional 1469 del 30 de abril de 2010; el artículo 36, literal
k
2013 y en la Resolución 0893 del 5 de julio de 2012 y,
CONSIDERANDO
Que el 22 de marzo de 2012, mediante la radicación 12-2-0322, el señor Rafael Prieto
Marín, en su condición de representante legal del Conjunto Residencial Los Girasoles
presentó ante la Curaduría Urbana 2 de Bogotá D.C. solicitud de licencia de construcción
en la modalidad de cerramiento para el predio ubicado en la Carrera 97 C No. 49 C — 15
Sur, de la Urbanización Ciudadela El Porvenir de la localidad de Bosa de esta ciudad (folios
2 y 3).
Que el 12 de marzo de 2013, el Curador Urbano 2 de la ciudad, otorgó la Licencia de
Construcción LC 12-2-0332 en la modalidad de cerramiento para el predio citado en
precedencia (folio 272).
Que el 21 de marzo de 2013, el apoderado de los señores Favio Monroy Garzón, Daniel
Bernal Naranjo, Sandra Milena Pardo Calderón, Segundo Patricio Rodríguez Nieves, Lida
Enith Cáceres, Ramiro Bustos, Yeny Damaris González García, Héctor Nixon Vera Bustos,
Blanca Miriam Becerra Núñez, José Yesid Aponte Bravo, Martha Cecilia Castillo Ballén y
Diana Constanza Villada Utima, residentes del mencionado conjunto residencial, presentó
ante la Curaduría Urbana 2 recurso de apelación contra la licencia de construcción referida,
para lo cual argumentó lo siguiente (folios 274 a 279):
a)
El señor José David Borja no tenía legitimación para iniciar el trámite de licencia de
construcción a nombre de los copropietarios del Conjunto Residencial Los Girasoles, pues
"...los bienes comunes son de dominio de los copropietarios de la propiedad horizontal, razón por la cual,
podríamos afirmar en principio, que son éstos los llamados a ser titulares de la solicitud de licencia de
construcción o cerramiento de sus zonas comunes y no la persona jurídica de la copropiedad como tal, la
cual solamente agrupa personas y carece de bienes a su nombre." ,
esto porque la administración del
edificio no puede reemplazar a los copropietarios en su derecho.
b)
Afirman que en el poder otorgado a la arquitecta Ana Derly Guzmán para el trámite de la
licencia de construcción,
"...no se establece el nombre de la persona
jurídica
a la cual representa,
violando el requisito esencial de los poderes especiales contenido en el artículo 65 del C.P.C."

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