Resolución Misional Nº 0734 de Secretaria Distrital de Planeación, 12-05-2022 - Normativa - VLEX 925866059

Resolución Misional Nº 0734 de Secretaria Distrital de Planeación, 12-05-2022

Fecha12 Mayo 2022
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 33
Anexos: No
No. Radicación: 3-2022-15359 No. Radicado Inicial:
XXXXXXXXXX
No. Proceso: 1959729 Fecha: 2022-05-12 09:21
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: Subsecretaria de Gestión Corporativa
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Acto administrativo Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
Página 1 de 34
RESOLUCIÓN No. 0734 DE 2022
( 12 de Mayo de 2022 )
“Por la cual se decide sobre la viabilidad del Proyecto de Plan Parcial de Desarrollo
n.° 12“Tibabita” ubicado en la Localidad de Usaquén en el ámbito del Plan de
Ordenamiento Zonal del Norte Poz Norte - Ciudad Lagos de Torca.”.
LA SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN TERRITORIAL DE LA
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo
2.2.4.1.1.9. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 016
de 2013 y la Resolución 702 de 2021, y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 388 de 1997, “Los planes parciales son
los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las
disposiciones de los planes de ordenamiento, para áreas determinadas del suelo
urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las
que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística,
macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las
autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos
previstos en la presente ley.”.
Que el artículo 38 ibidem, establece que “(…) En desarrollo del principio de igualdad
de los ciudadanos ante las normas, los planes de ordenamiento territorial y las
normas urbanísticas que los desarrollen deberán establecer mecanismos que
garanticen el reparto equitativo de las cargas y los beneficios derivados del
ordenamiento urbano entre los respectivos afectados. Las unidades de actuación, la
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 33
Anexos: No
No. Radicación: 3-2022-15359 No. Radicado Inicial:
XXXXXXXXXX
No. Proceso: 1959729 Fecha: 2022-05-12 09:21
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: Subsecretaria de Gestión Corporativa
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Acto administrativo Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
Página 2 de 34
compensación y la transferencia de derechos de construcción y desarrollo, entre
otros, son mecanismos que garantizan este propósito. (…)”.
Que en vigencia del Decreto Distrital 190 de 2004 POT anterior de la ciudad, se
estableció en su artículo 44 correspondiente a la jerarquización de los instrumentos
de planeamiento, como instrumento de segundo nivel, los planes de ordenamiento
zonal, los cuales “(...) tienen alcance sobre territorios específicos, precisan y ajustan
de manera específica las condiciones del ordenamiento de los mismos.”.
Que en desarrollo de lo anterior y previo cumplimiento de los procedimientos
establecidos para el efecto, se expidió el Decreto Distrital 088 de 2017 “Por medio
del cual se establecen las normas para el ámbito de aplicación del Plan de
Ordenamiento Zonal del Norte - “Ciudad Lagos de Torca” y se dictan otras
disposiciones”, el cual ha sido corregido por el Decreto Distrital 571 de 2018 y
modificado por los Decretos Distritales 049 y 425 de 2018; 417 y 820 de 2019.
Que el Distrito Capital de Bogotá expidió mediante el Decreto Distrital 555 de 2021
la Revisión General del Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad.
Que el artículo 597 del citado decreto definió el régimen de transición de los Planes
Zonales y de Ordenamiento Zonal en los siguientes términos:
Transición de los Planes Zonales y de Ordenamiento Zonal. Los planes
zonales y de ordenamiento zonal adoptados antes de la fecha de entrada en
vigencia del presente Plan, continuarán produciendo todos los efectos jurídicos
dentro de su ámbito de aplicación, considerando las siguientes condiciones:
1. El Plan de Ordenamiento Zonal “Lagos de Torca” se someterá a las
disposiciones contenidas en el Decreto Distrital 088 de 2017 y sus modificaciones,
así como a lo dispuesto en las actas de concertación contenidas en la Resolución
n.° 2513 de 2016 de la CAR y n.° 02074 de 2016 de la Secretaría Distrital de
Ambiente, o las normas que los modifiquen o sustituyan (…)”.
Que así mismo, el citado Decreto Distrital 555 de 2021 define expresamente en su
artículo 599 el régimen de transición para los planes parciales y en su numeral tercero
referente a los proyectos de planes parciales en trámite, establece lo siguiente:
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 33
Anexos: No
No. Radicación: 3-2022-15359 No. Radicado Inicial:
XXXXXXXXXX
No. Proceso: 1959729 Fecha: 2022-05-12 09:21
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: Subsecretaria de Gestión Corporativa
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Acto administrativo Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
Página 3 de 34
(…) 3. Formulaciones de planes parciales. Los proyectos de planes parciales
radicados de manera completa antes de la fecha de entrada en vigencia del presente
Plan, se tramitarán y resolverán con sujeción a las disposiciones vigentes al momento
de su radicación.
Los proyectos de Planes Parciales que no hayan radicado la totalidad de la
documentación requerida para su estudio antes de la fecha de entrada en vigencia del
presente Plan, deberán ajustarse a las disposiciones contenidas en el presente Plan,
salvo que se encuentren en las condiciones establecidas en el numeral 2 de este
artículo. (…)”.
Que mediante el citado Decreto Distrital 088 de 2017 y sus modificaciones se definen
las normas para el ámbito de aplicación del Plan de Ordenamiento Zonal del Norte -
POZ Norte “Ciudad Lagos de Torca” y se expiden las fichas reglamentarias que
orientan y son suficientes para la expedición de acciones y actuaciones urbanísticas
posteriores.
Que conforme a las Resoluciones n.os 2513 y 2074 de 2016, suscritas por la
Secretaría Distrital de Planeación - SDP con la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca - CAR y la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA, respectivamente,
se adelantó la concertación de los aspectos ambientales propios del POZ Norte
“Ciudad Lagos de Torca” y tales aspectos hacen las veces de determinantes
ambientales dentro del trámite de adopción de los planes parciales, en los términos
establecidos por el artículo 2.2.4.1.1.6 del Decreto Único Reglamentario 1077 de
2015.
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 126 del Decreto Distrital 088 de
2017, las delimitaciones de Planes Parciales del POZ Norte tienen por objeto
garantizar las intervenciones que permitan conformar una porción de ciudad,
asegurando la dotación integral de los servicios públicos domiciliarios, equipamientos
y espacios públicos suficientes para atender la demanda de los usos a desarrollar en
el ámbito de Ciudad Lagos de Torca, así como las obras de infraestructura vial que
permitan una adecuada conexión con la estructura urbana existente.
Que el Plan Parcial n.° 12 “Tibabita” se encuentra delimitado en el Plano n.° 13
“Delimitación de Planes Parciales” del citado Decreto Distrital 088 de 2017, con un
área de 26,81 hectáreas ubicadas en suelo de expansión urbana; no obstante,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR