Resolución Misional Nº 1775 de Secretaria Distrital de Planeación, 18-10-2022 - Normativa - VLEX 933141171

Resolución Misional Nº 1775 de Secretaria Distrital de Planeación, 18-10-2022

Fecha18 Octubre 2022
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 9
Anexos: No
No. Radicación: 3-2022-33917 No. Radicado Inicial:
XXXXXXXXXX
No. Proceso: 1947774 Fecha: 2022-10-18 16:44
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: Subsecretaria de Gestión Corporativa
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Acto administrativo Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
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RESOLUCIÓN No. 1775 DE 2022
(18 de Octubre de 2022)
“Por medio de la cual se NIEGA la REGULARIZACIÓN de la Estación
Radioeléctrica existente denominada “BOG.TERMINAL-3P2”, instalada en el
separador de la Diagonal 23 frente al Terminal entre modulo 2 y 3, en la localidad
de Fontibón en la ciudad de Bogotá, D.C., en espacio considerado BIEN DE USO
PÚBLICO
LA SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN TERRITORIAL
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Distrital 397 de 2017
modificado por el artículo 18 del Decreto Distrital 805 de 2019, el Decreto Distrital
016 de 2013 y la Resolución 0263 del 12 de febrero de 2021, modificada y adicionada
por la Resolución 0702 del 24 de mayo de 2021 expedidas por la Secretaría Distrital
de Planeación, y,
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 2º de la Ley 1341 de 2009 "Por la cual se definen principios y
conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones —TIC—, se crea la Agencia Nacional de
Espectro y se dictan otras disposiciones", establece que: "El Estado fomentará el
despliegue y uso eficiente de la infraestructura para la provisión de redes de
telecomunicaciones y los servicios que sobre ellas se puedan prestar, y promoverá
el óptimo aprovechamiento de los recursos escasos con el ánimo de generar
competencia, calidad eficiencia, en beneficio de los usuarios, (...). Para tal efecto,
dentro del ámbito de sus competencias, las entidades del orden nacional y territorial
están obligadas adoptar todas las medidas que sean necesarias para facilitar y
garantizar el desarrollo de la infraestructura requerida, estableciendo las garantías y
medidas necesarias que contribuyan en la prevención, cuidado y conservación para
que no se deteriore el patrimonio público el interés general”.
2. Que de conformidad con los numerales 2°, 6° y 8° del artículo 40 Ibídem, en el
marco de la intervención del Estado frente al sector de las TIC se deben cumplir con
los siguientes fines:

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