Resolución Misional Nº 2040 de Secretaria Distrital de Planeación, 30-11-2021 - Normativa - VLEX 903609980

Resolución Misional Nº 2040 de Secretaria Distrital de Planeación, 30-11-2021

Fecha30 Noviembre 2021
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 6
Anexos: No
No. Radicación: 3-2021-29949 No. Radicado Inicial: 1-2021-
79497
No. Proceso: 1794416 Fecha: 2021-11-30 18:44
Tercero: JULI JANETH JIMENEZ MUÑOZ
Dep. Radicadora: Subsecretaria de Gestión Corporativa
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Oficio de salida Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
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RESOLUCIÓN No. 2040 DE 2021
( 30 de Noviembre de 2021 )
“Por medio de la cual se declara el DESISTIMIENTO EXPRESO DE LA PETICIÓN
de Regularización ante la Secretaría Distrital de Planeación”
LA SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN TERRITORIAL
Con fundamento en lo dispuesto en los Decretos Distritales 397 y 472 de 2017, 805
de 2019, el artículo 12 literal h del Decreto Distrital 016 de 2013 y el artículo 2º de la
Resolución 0702 del 21 de mayo de 2021, y,
CONSIDERANDO:
1. Que, a través del Decreto Distrital 397 de 2017, corregido por el Decreto Distrital
472 de 2017, fue reglamentado el procedimiento, normas urbanísticas,
arquitectónicas y técnicas a tenerse en cuenta para la localización, instalación,
regularización y control de Estaciones Radioeléctricas en Bogotá, D.C., a implantarse
en las zonas autorizadas por las referidas disposiciones normativas, cuyo Anexo
Técnico, “Manual de Mimetización y Camuflaje de las Estaciones Radioeléctricas para Bogotá
Distrito Capital”, hace parte integral de dichas disposiciones normativas.
2. Que, respecto a la regularización de estaciones radioeléctricas a la entrada en
vigencia del Decreto Distrital 397 de 2017 no contarán con acto administrativo que
permita su localización, el artículo 41 Ibídem reguló:
“(…) los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones deberán proceder a
elaborar un inventario de la infraestructura y equipos de telecomunicaciones en un término
de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto. Vencido
este plazo, el proveedor de redes y servicio de telecomunicaciones y/o el proveedor de
infraestructura soporte de telecomunicaciones presentará propuesta de regularización.
Además, el proveedor de infraestructura deberá adelantar el trámite de que trata el título
IV del presente decreto que corresponde al permiso de instalación de estaciones

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