Resolución Misional Nº 290 de Secretaria Distrital de Planeación, 15-02-2023 - Normativa - VLEX 933141777

Resolución Misional Nº 290 de Secretaria Distrital de Planeación, 15-02-2023

Fecha15 Febrero 2023
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 10
Anexos: No
No. Radicación: 3-2023-06588 No. Radicado Inicial:
XXXXXXXXXX
No. Proceso: 2011421 Fecha: 2023-02-15 16:33
Tercero: COMUNICACION CELULAR COMCEL SA - HILDA
MARIA PARDO HASCHE
Dep. Radicadora: Subsecretaría de Gestión Institucional
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Acto administrativo Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
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RESOLUCIÓN No. 290 DE 2023
( 15 de Febrero de 2023 )
“Por medio de la cual se NIEGA la REGULARIZACIÓN de la Estación Radioeléctrica
existente denominada “BOG. LA NACIONAL 2 H3”, instalada en la KR 27 45A 93, en la
localidad de TEUSAQUILLO en la ciudad de Bogotá, D.C., en espacio considerado BIEN
DE PROPIEDAD PRIVADA
LA DIRECTORA DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS URBANÍSTICOS DE LA
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Distrital 397 de 2017
modificado por el artículo 18 del Decreto Distrital 805 de 2019, artículo 24 del Decreto Distrital
432 de 2022 y el artículo 6 de la Resolución 1906 de 2022 expedidas por la Secretaría
Distrital de Planeación, y,
CONSIDERANDO
Que el numeral 3 del artículo 2º de la Ley 1341 de 2009 "Por la cual se definen principios y
conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones —TIC—, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras
disposiciones", establece que: "El Estado fomentará el despliegue y uso eficiente de la
infraestructura para la provisión de redes de telecomunicaciones y los servicios que sobre ellas se
puedan prestar, y promoverá el óptimo aprovechamiento de los recursos escasos con el ánimo de
generar competencia, calidad eficiencia, en beneficio de los usuarios, (...). Para tal efecto, dentro del
ámbito de sus competencias, las entidades del orden nacional y territorial están obligadas adoptar
todas las medidas que sean necesarias para facilitar y garantizar el desarrollo de la infraestructura
requerida, estableciendo las garantías y medidas necesarias que contribuyan en la prevención,
cuidado y conservación para que no se deteriore el patrimonio público el interés general”.
Que de conformidad con los numerales 2°, 6° y 8° del artículo 4 ibídem, en el marco de la
intervención del Estado frente al sector de las TIC se deben cumplir, entre otros, con los
siguientes fines:
"(…) 2. Promover el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, teniendo
como fin último el servicio universal”.

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