Resolución Misional Nº 3035 de Secretaria Distrital de Planeación, 27-12-2019 - Normativa - VLEX 839117214

Resolución Misional Nº 3035 de Secretaria Distrital de Planeación, 27-12-2019

Fecha27 Diciembre 2019
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
ALCALDÍA
MAYOR
DE
BOGOTÁ
D.C.
11
DIC
2019
secretaría
de
planeación
3
0
3
5
RESOLUCIÓN
No. de
()
Por
la
cual
se
legaliza
el
Desarrollo
LA
FLORIDA
I
SECTOR,
ubicado
en
la
Localidad
de
ENGATIVA,
en
el
Distrito
Capital
EL
SECRETARIO
DISTRITAL
DE
PLANEACIÓN
En
ejercicio
de
sus
facultades
legales,
en
especial
las
conferidas
por
los
numerales
3
y
5
del
artículo
458
del
Decreto
Distrital
190
de
2004,
el
artículo
30
del
Decreto
Distrital
476
de
2015,
los
literales
h)
y
ñ)
del
artículo
4
o
del
Decreto
Distrital
016
de
2013
y,
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
458
del
Decreto
Distrital
190
de
2004,
Plan
de
Ordenamiento
Territorial
de
Bogotá,
D.
C.,
define
la
legalización
como
(...)
el
procedimiento
mediante
el
cual
la
Administración
Distrital,
reconoce
aprueba
planos,
regulariza
y
expide
la
reglamentación,
para
los
desarrollos
humanos
realizados
clandestinamente,
que
sin
perjuicio
de
lo
dispuesto
en
el gimen
de
transición,
a
la
fecha
de
expedición
del
presente
Plan,
cumplan
con
las
condiciones
exigidas
por
la
normatividad
nacional.
(...)
,
i
Que
mediante
el
Decreto
Unico
Reglamentario
1077
de
2015
Por
medio
del
cual
se
expide
el
Decreto
Unico
Reglamentario
del
Sector
Vivienda,
Ciudad
y
Territorio
,
se
compilaron
los
artículos
122
y
siguientes
del
Decreto
Nacional
564
de
2006,
relativos
a
la
legalización
urbamstica
de
asentamientos
humanos,
y
que
fiie
modificado
parcialmente
por
el
Decreto
Nacional
1203
de
2017,
en
lo
que
respecta
a
la
definición
de
la
legalización.
Que
mediante
el
artículo
2.2.6.5.1
del
Decreto
Unico
Reglamentario
1077
de
2015,
modificado
por
el
artículo
17
del
Decreto
Nacional
1203
de
2017,
se
facultó
a
la
Administración
Distrital
para
reconocer
la
existencia
de
los
asentamientos
humanos
constituidos
por
viviendas
de
interés
social,
aprobar
los
planos
y
expedir
su
reglamentación
urbanística,
de
acuerdo
con
las
condiciones
que
se
establezcan.
Adicionalmente,
suprimió
la
fecha
límite
del
27
de
junio
de
2003
como
requisito
para
adelantar
el
proceso
de
legalización
de
asentamientos
humanos
constituidos
por
vivienda
de
interés
social.
Que
mediante
el
Decreto
Distrital
476
de
2015
Por
medio
del
cual
se
adoptan
medidas
para
articular
las
acciones
de
prevención
y
control,
legalización
urbanística,
mejoramiento
integral
y
disposiciones
relativas
al
procedimiento
y
se
dictan
otras
disposiciones
,
se
establecen
las
medidas
para
articular
las
acciones
de
prevención
y
control,
legalización
urbanística
y
mejoramiento
integral
para
los
asentamientos
humanos
destinados
a
vivienda
de
interés
social
de
origen
o
consolidación
informal
ubicados
en
estratos
1
y
2
en
Bogotá
D.C.,
en
cuyo
parágrafo
del
artículo
34
señala
respecto
del
procedimiento
aplicable
a
los
Carrera
30
N.
25
-
90
Código
Postal
111311
Pisos
1,5,8
y
13
PBX
335
8000
www.sdp.gov.co
Info.:
Línea
195
b
O
MEJOR
PARA
TODOS
SC-CER259292
Al
CALDÍA
MAYOR
DE
BOGO
D
O.
SECRETARIA
DE
PLANEACIÓN
3
0
3
5
27
DIC
2819
Continuación
de
la
Resolución
No. g.
2
de
26
de
Por
la
cual
se
legaliza
el
Desarrollo
LA
FLORIDA
I
SECTOR,
ubicado
en
la
Localidad
de
ENGATIVA,
en
el
Distrito
Capital
asentamientos
humanos
de
origen
informal,
que:
(...)
Los
desarrollos
que
cuenten
con
auto
de
inicio
de
la
Secretaría
Distrital
de
Planeación
con
anterioridad
a
la
entrada
en
vigencia
del
presente
Decreto,
continuarán
su
trámite
bajo
las
normas
vigentes
al
momento
de
la
expedición
de
dicho
auto
Que
dado
que
el
Auto
de
Inicio
del
trámite
de
legalización
fue
emitido
el
9
de
abril
de
2019,
esto
es,
con
posterioridad
a
la
expedición
del
citado
Decreto
Distrital
476
de
2015,
a
la
presente
actuación
le
es
aplicable
el
trámite
previsto
en
el
mencionado
Decreto.
Que
mediante
el
Decreto
Distrital
800
de
2018,
Por
medio
del
cual
se
modifica
el
Decreto
Distrital
476
de
2015
Por
medio
del
cual
se
adoptan
medidas
para
articular
las
acciones
de
prevención
y
control,
legalización
urbanística,
mejoramiento
integral
y
disposiciones
relativas
al
procedimiento
y
se
dictan
otras
disposiciones
,
se
modifi
el
Decreto
Distrital
476
de
2015,
en
el
sentido
de
annonizar
su
contenido
a
las
condiciones
exigidas
por
el
Decreto
Único
Reglamentario
1077
de
2015
y
sus
modificaciones,
para
adelantar
la
legalización
de
asentamientos
humanos
destinados
a
vivienda
de
interés
social
de
origen
o
consolidación
informal
en
el
Distrito
Capital.
Que
el
parágrafo
del
artículo
10
del
Decreto
Distrital
476
de
2015,
modificado
por
el
artículo
4
del
Decreto
Distrital
800
de
2018,
dispuso
que
la
Subsecretaría
de
Inspección,
Vigilancia
y
Control
de
la
Secretaría
Distrital
del
Hábitat
remitirá
a
la
Subdirección
de
Barrios
de
dicha
entidad,
entre
otros
aspectos,
los
polígonos
de
los
asentamientos
humanos
susceptibles
de
legalización,
para
que
la
Subdirección
de
Barrios
proceda
a
emitir
el
informe
jurídico
y
técnico
que
determine
la
viabilidad
de
iniciar
la
etapa
de
gestión
en
la
conformación
del
expediente
para
posteriormente
realizar
la
solicitud
de
legalización
de
asentamientos
humanos
ante
la
Secretaa
Distrital
del
Planeación.
Que
el
artículo
5
del
Decreto
Distrital
800
de
2018
dispone
que
los
expedientes
o
procesos
de
legalización
de
asentamientos
humanos
de
origen
informal
que
a
la
fecha
de
entrada
en
vigencia
del
Decreto,
es
decir
25
de
diciembre
de
2018,
cuenten
con
informe
de
viabilidad
expedido
por
la
Secretaría
Distrital
del
Hábitat
o
que
hayan
sido
radicados
en
legal
y
debida
forma
en
la
Secretaría
Distrital
de
Planeación
se
adelantarán
sin
necesidad
del
informe
jurídico
y
técnico
que
determine
la
posibilidad
de
iniciar
un
eventual
proceso
de
legalización
urbanística.
Que
el
expediente
urbanístico
del
desarrollo
La
Florida
ISector
cuenta
con
informe
de
viabilidad
de
la
etapa
previa
del
trámtie
de
legalización
emitido
por
la
Secretaría
Distrital
del
Hábitat
con
fecha
del
2
de
Carrera
30
N.
25
-
90
Código
Postal
111311
Pisos
1,5,8
y
13
PBX
335
8000
www.sdp.gov.co
Info.:
Línea
195
b
O
MEJOR
PARA
TODOS

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