Resolución Misional Nº 042 de Secretaria Distrital de Planeación - Normativa - VLEX 862539139

Resolución Misional Nº 042 de Secretaria Distrital de Planeación

Fecha19 Enero 2021
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
“Por la cual se adopta la actualización de la Ficha de Valoración Individual del
inmueble denominado Colegio Nueva Granada, ubicado en la Carrera 2 Este 70-20
Int. 1 y 2 (nueva), declarado como bien de interés cultural del ámbito distrital en la
categoría de Conservación Integral, mediante el Decreto 606 de 2001, incorporado al
Decreto 560 de 2018, localizado en el barrio Ingemar Oriental, en la UPZ 90 Pardo
Rubio, en la localidad de Chapinero, en Bogotá D.C. y se deroga la Resolución 280
del 5 de junio de 2019”
EL SECRETARIO DE DESPACHO
De la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en
especial las conferidas por la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, Decretos
Distritales 070 de 2015, 037 de 2017 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 72 de la Constitución Política de 1991 establece que El patrimonio cultural de la
Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que
conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e
imprescriptibles”.
Que el artículo 209 ibídem, dispone que la función administrativa se halla al servicio de los
intereses generales, se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y añade que las autoridades
administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines
del Estado.
Que, de conformidad con lo preceptuado en los numerales 2 del artículo 10 y 4 del artículo 28
de la Ley 388 de 1997 o las normas que los sustituyan, las disposiciones sobre conservación,
preservación y uso de las áreas e inmuebles de interés cultural constituyen normas de
superior jerarquía al momento de elaborar, adoptar, modificar o ajustar los Planes de
Ordenamiento Territorial de municipios y distritos.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la L ey 397 de 1997, modificado por el
artículo 5 de la Ley 1185 de 2008, a las entidades territoriales les corresponde la declaratoria
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FR-09-PR-MEJ-01. V7. 03/01/2020

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