Resolución número 3259 de 2012, por medio de la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución número 3016 de 2010 - 8 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401417282

Resolución número 3259 de 2012, por medio de la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución número 3016 de 2010

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín48577

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 489 de 1998, el Estatuto Orgánico del Presupuesto, y el Decreto número 3443 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 3443 de 2010, se modificó la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 dispone que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la citada ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias;

Que el numeral 1 del artículo del Decreto número 2429 de 1997, especifica que son funciones del Fondo de Programas Especiales para la Paz, diseñar, desarrollar, financiar y cofi-nanciar planes, programas y estrategias que generen condiciones para el logro y mantenimiento de la paz, y el artículo 2º del mismo ordenamiento dispone, que son funciones del Director del Fondo de Programas Especiales para la Paz en virtud de la delegación que le otorgue el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República celebrar los contratos y efectuar los pagos que se requieren para el desarrollo del objeto y funciones del Fondo;

Que el artículo 1º del numeral 2 del Decreto número 2429 de 1997 reglamentario de las funciones del Fondo de Programas Especiales para la Paz, establece que son funciones del mismo administrar y ejecutar los recursos de los planes y programas de paz, que se adelanten en desarrollo de las funciones asignadas a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y por otra parte el numeral 1 del artículo 1º del mismo señala como función específica del Fondo la de diseñar, desarrollar, financiar y cofinanciar planes, programas y estrategias que generen condiciones para el logro y' mantenimiento de la paz;

Que el artículo 110 del Estatuto Orgánico del Presupuesto establece que: "Los órganos que son una sección del Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR