Resolución N° 000018 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 19-01-2024 - Normativa - VLEX 1017250995

Resolución N° 000018 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 19-01-2024

Fecha19 Enero 2024
Número de resolución000018
Tipo de documentoResolución
SINA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A.
RESOLUCIÓN Nº 0000018 DE 2024
“POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA DE SUSPENSIÓN DE
ACTIVIDADES Y SE INICIA UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL EN
CONTRA DE LA SOCIEDAD APC AGREGADOS S.A.S, IDENTIFICADA CON NIT No.
806.004.338-6, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”.
(57-5) 3492482 3492686
Recepcion@crautonoma.gov.co
Calle 66 No. 54 -43
Barranquilla - Atlántico Colombia
www.crautonoma.gov.co
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SC-2000333
SA-2000334
ST-2000332
El director general de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A., con base en lo
señalado en el Acuerdo 0015 de 2019, expedido por el Consejo Directivo de esta Entidad, en
uso de sus facultades contenidas en la Constitución Nacional, y teniendo en cuenta el Decreto-
Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 1437 de 2011 reformada por la Ley 2080 de 2021,
Decreto 1076 de 2015, Ley 1333 de 2009, demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO
ANTECEDENTES
Que mediante Resolución No. 0518 del 30 de diciembre de 1996, esta Corporación otorgó un
Plan de Manejo Ambiental (PMA), estableciendo unas obligaciones a la sociedad Manuel
Corredor & Cia. Ltda., por el termino de 5 años, para un proyecto de explotación minera ubicado
en jurisdicción del municipio de Luruaco Atlántico, cuya sociedad posteriormente cambió su
razón social a CT & CIA LTDA.
Que mediante Resolución No. 000401 de 31 de diciembre de 2003, se renovó dicho PMA a la
sociedad CT & CIA. LTDA, estipulando que la misma es hasta la finalización del contrato de
concesión minera celebrado con el Ministerio de Minas y Energía, el cual indica una duración
de treinta (30) años contados a partir de la inscripción del registro minero (26 de julio de 1994).
Que a través de la Resolución No. 00128 de 4 de mayo de 2006, se modificó el PMA y se otorgó
un permiso de emisiones atmosféricas a la sociedad CT & CIA. LTDA., por 5 años, para el
proyecto de explotación minera de gravas y arenas para la producción de agregados en
actividades de construcción y funcionamiento de la planta trituradora de materiales de origen
minero, y se adoptaron otras disposiciones.
En Resolución Nº 000753 de 25 de noviembre del 2009, se autorizó cambio de razón social de
la sociedad CT & CIA. LTDA a la sociedad CANTERAS DE COLOMBIA S.A.S.
Que en la Resolución Nº 000144 del 12 de marzo de 2012, se renovó un permiso de emisiones
atmosféricas por el termino de 5 años para las actividades mineras realizadas en la cantera La
Cooperativa y la planta de agregados con el TM 10429 y se impusieron unas obligaciones a
CANTERAS DE COLOMBIA S.A.S.
Que esta Corporación expidió la Resolución 000791 del 19 de octubre de 2018, donde
autorizó una cesión parcial de los derechos y obligaciones derivados de un plan de manejo
ambiental y de un permiso de emisiones atmosféricas a favor de las sociedades APC
AGREGADOS LTDA con NIT 806.004.338-6 y sociedad C.E.C.G INGENIERIA Y SERVICIOS
TECNICOS LTA con NIT 802.000.640-3, únicamente en lo que tiene que ver con a las
actividades de explotación minera y para los títulos mineros No. 10429C2 con una área de
20.6032 hectáreas y No.10429C3 con una área de 3.5915 hectáreas, asignados
respectivamente.
Que finalmente en Auto N. 522 del 26 de marzo de 2019, se hicieron unas recomendaciones
ambientales a la sociedad APC AGREGADOS LTDA.
SINA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A.
RESOLUCIÓN Nº 0000018 DE 2024
“POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA DE SUSPENSIÓN DE
ACTIVIDADES Y SE INICIA UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL EN
CONTRA DE LA SOCIEDAD APC AGREGADOS S.A.S, IDENTIFICADA CON NIT No.
806.004.338-6, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”.
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SA-2000334
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Que en cumplimiento de las funciones de manejo, control y protección de los recursos
naturales, funcionarios adscritos a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta Corporación,
realizaron visita técnica y seguimiento y control ambiental en relación con la aprobación de
cesión parcial de un Plan de Manejo Ambiental (PMA) y un permiso de emisiones atmosféricas
correspondiente al TM 10429C2, emitiéndose el Informe Técnico No. 404 del 27 de junio de
2023, en el cual se consignaron los siguientes aspectos:
(…)
9. LOCALIZACIÓN: El proyecto de explotación minero del TM 10429C2, colinda con la
Vía la Cordialidad que conecta el casco urbano del municipio de Luruaco y el corregimiento de
Arroyo de Piedra, específicamente el proyecto se localiza a 2 kilómetros del corregimiento de
Arroyo de Piedra.
Ilustración 1: Localización del Título Minero 10429C2 y área aprobada según Resolución 791
de 2018.- Área 20,6 ha.
Fuente: Equipo de seguimiento y control ambiental C.R.A.
(…)
17. ESTADO ACTUAL DEL PROYECTO O ACTIVIDAD: Actualmente la empresa APC
SINA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A.
RESOLUCIÓN Nº 0000018 DE 2024
“POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA DE SUSPENSIÓN DE
ACTIVIDADES Y SE INICIA UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL EN
CONTRA DE LA SOCIEDAD APC AGREGADOS S.A.S, IDENTIFICADA CON NIT No.
806.004.338-6, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”.
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SA-2000334
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AGREGADOS S.A.S, opera de manera intermitentemente la actividad de extracción de material
de construcción (especialmente caliza), dentro del TM 10429C2 bajo la cesión parcial de un
Plan de Manejo Ambiental (PMA) cedido a través de la Resolución Nº 000791 del 19 de octubre
de 2018. También dentro del título TM 10429C2 opera la empresa PAVIMENTO UNIVERSAL,
bajo la imposición de un PMA establecido por esta Corporación mediante Resolución No 0298
del 16 de septiembre de 2003 y desarrolla actividades de beneficio (trituración, clasificación y
lavado) de material, el cual es provisto de canteras cercanas.
En la delimitación de las áreas donde se debe implementar las medidas de los instrumentos de
comando y control de cada empresa, se han identificado falencias, porque, en los actos
administrativos no se tiene claridad respecto a la delimitación de cada instrumento y la
titularidad que ostenta cada empresa sobre los predios ubicados dentro del TM 10429C2.
Utilizando la herramienta web geoportal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) se
verificó que dentro del polígono correspondiente al TM 10429C2 se superpone 5 predios, lo
cual se puede apreciar en la Ilustración 2 y se detalla en la Tabla 3.
Ilustración 2: Polígono TM 10429C2 en consulta catastral.

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