Resolución N° 000042 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 28-01-2021 - Normativa - VLEX 877434713

Resolución N° 000042 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 28-01-2021

Fecha28 Enero 2021
Número de resolución000042
Tipo de documentoResolución
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A.
RESOLUCIÓN Nº DE 2021
“POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA Y SE INICIA UN
PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL AL SEÑOR MICHAEL PABÓN
CHARRIS IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.082.044.164
PROPIETARIO DEL PREDIO LOCALIZADO EN LA CALLE 1A N°32A-178 INTERIOR 2
PARCELA VILLA MAJITO VEREDA LAS MARGARITAS, SECTOR LAS PETRONITAS-
ÁREA RURAL DEL MUNICIPIO DE GALAPA EN EL DEPARTAMENTO DEL
ATLÁNTICO
1
El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A., en uso de
las facultades legales conferidas por la Ley 99 de 1993, teniendo en cuenta lo señalado en
la Ley 1333 de 2009, el Decreto 2811 de 1974, Decreto 1076 de 2015, Ley 1437 de 2011,
y demás normas concordantes y, CONSIDERANDO
ANTECEDENTES
Que mediante escrito radicado ante esta autoridad ambiental bajo el número 6075 de 28 de
agosto de 2020, el señor VICTOR MEZA BARROS y otros, interpusieron una petición
denunciando una supuesta contaminación por ruido y vertimiento de ARND en el sector
ubicado en Calle 1 A N° 32 a 160 Vda. Las Margaritas, sector Las Petronitas en el municipio
de Galapa en el departamento del Atlántico.
Posteriormente, mediante radicado N°6075 del 22 de septiembre de 2020 el señor VICTOR
MEZA BARROS y otros, presentaron petición ratificando la denuncia interpuesta el día 28
de agosto de 2020, denunciando los mismos hechos de supuesta contaminación por ruido
y vertimiento de ARND en el sector ubicado en la Calle 1 A N° 32 a 160 Vda. Las Margaritas,
sector Las Petronitas- en el municipio de Galapa en el departamento del Atlántico.
Que, en aras de cumplir con las funciones de manejo, control y protección de los recursos
naturales del departamento del Atlántico, funcionarios adscritos y personal de apoyo a la
Subdirección de Gestión Ambiental, efectuaron visita técnica de inspección ambiental en el
sitio de interés, de la cual se derivó Informe Técnico No. 417 del 10 de noviembre de 2020,
del cual se destaca la siguiente información de especial relevancia:
“…ESTADO ACTUAL DEL PROYECTO O ACTIVIDAD: El establecimiento comercial de
reciclado y recuperación de plásticos ubicado en la: Calle 1 A N° 32 a178 interior 2 Parcela
Villa Majito Vereda Las Margaritas, sector Las Petronitas- Galapa. Área rural, se encuentra
en total funcionamiento.
(..)OBSERVACIONES DE CAMPO:
Durante la visita técnica realizada el día 06/10/2020 se pudo observar lo siguiente:
Se pudo observar que en el predio rural demarcado con la nomenclatura calle 1 a
32 a 22 de la Vereda Las Margaritas- en el Municipio de Galapa- Atlántico, el cual
se encuentra en la parte delantera del predio señalado en la denuncia, se comunica
con el predio denunciado por la parte trasera o patio, propiedad del señor Michel
Pabón. En este predio se encuentran dos pozos profundos, uno que se encuentra
sellado y otro que surte de aguas por medio de manguera a la actividad desarrollada
0000042
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A.
RESOLUCIÓN Nº DE 2021
“POR MEDIO DE LA CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA Y SE INICIA UN
PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL AL SEÑOR MICHAEL PABÓN
CHARRIS IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1.082.044.164
PROPIETARIO DEL PREDIO LOCALIZADO EN LA CALLE 1A N°32A-178 INTERIOR 2
PARCELA VILLA MAJITO VEREDA LAS MARGARITAS, SECTOR LAS PETRONITAS-
ÁREA RURAL DEL MUNICIPIO DE GALAPA EN EL DEPARTAMENTO DEL
ATLÁNTICO
2
por el señor Michel Pabón Charris. Se pregunta por el permiso de captación de
aguas subterráneas de dicho pozo y se nos manifiesta que no posee los permisos
pertinentes otorgados por la autoridad ambiental.
En el lote denunciado ubicado en la: Calle 1 A N° 32 a178 interior 2 Parcela Villa
Majito Vereda Las Margaritas, sector Las Petronitas- Galapa. Área rural, se
observan dos semiestructuras, semitechadas y sin paredes, una donde se realiza
lavado del material, otra donde se observa maquinaria correspondiente a:
- Un molino
- Una rutinadora, sin chimenea que permita la dispersión de olores ofensivos.
- Una peletizadora
- Una lavadora
No se observa infraestructura que pueda mitigar los ruidos producidos por estas
maquinarias. La lavadora genera ruido percibirles en los lotes continuos.
Se observa vertimientos líquidos de ARND no tratadas hacia dos direcciones, una
que sigue el cauce de escorrentías y otra hacia predio continuo el cual se encontraba
represado, causando impacto al suelo. No se aporta ningún documento o Permiso
de vertimientos líquidos otorgado por la autoridad ambiental competente en este
caso CRA. No se observa sistema de tratamiento de aguas residuales ni de
separación de lodos o residuos contenidos en el vertimiento.
Se observa alto grado de eutrofización de aguas estancadas producto del
vertimiento de ARND de esta actividad, lo que genera malos olores y presencia de
vectores en el área.
Se perciben olores ofensivos producto de la actividad de rutinado y de los residuos
sólidos dispersos en el área. No se observa separación en la fuente, ni ningún
elemento de almacenamiento de residuos sólidos.
Se informa que la empresa funciona 24 horas los 7 días de la semana. La empresa
empezó a funcionar en el mes de noviembre de 2019.
La actividad no cuenta en el momento de la visita con la certificación del Uso del
Suelo, que demuestre la compatibilidad del desarrollo de la actividad en el área
donde se encuentra ubicada.
(..) CONCLUSIONES DEL INFORME TECNICO:
Mediante radicados N° 6075 y 6788 de 2020, D se interpone Derecho de Petición
interpuesto por parte del señor Víctor Meza y otros habitantes de la Vereda las
Margaritas sector de las Petronitas jurisdicción del Municipio de Galapa- Atlántico;
en el que se denuncia supuesta contaminación ambiental producto del vertimiento
de ARND y contaminación auditiva.
En visita técnica realizada el día 06/10/2020 se pudo verificar la realización de
actividades de reciclaje y recuperación de plásticos mediante técnicas industriales
rudimentarias ejercidas supuestamente sin compatibilidad con el Uso del Suelo del
Municipio de Galapa, en predio ubicado en la siguiente dirección: Calle 1 A N° 32
a178 interior 2 Parcela Villa Majito Vereda Las Margaritas, sector Las Petronitas-
Galapa. Área rural, propiedad del señor Michel Pabón Charris identificado con
cedula de ciudadanía N° 1.082.044.164.
0000042

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