Resolución N° 000092 de la Gaceta Ambiental ANLA, 25-01-2024 - Normativa - VLEX 1016883629

Resolución N° 000092 de la Gaceta Ambiental ANLA, 25-01-2024

Número de resolución000092
Fecha25 Enero 2024
Fecha de publicación19 Febrero 2024
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 000092
(25 ENE. 2024)
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“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993,
los Decretos - Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020,
el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 02665 de 2022 y 02795 de 2022, y
CONSIDERANDO QUE
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 010272 del 11 de
diciembre de 2023, inició el trámite administrativo ambiental de Permiso de Estudio para la
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, conforme a la solicitud efectuada por la empresa
Andina de Energía S.A.S., con sigla Andienergía S.A.S., y NIT 901.380.787 - 5, mediante
la comunicación de radicado 20236200957102 del 5 de diciembre de 2023, bajo el número
VITAL 5600901380787523001.
El referido auto fue notificado el 20 de diciembre de 2023, quedando con constancia de
ejecutoria y publicado en la gaceta de esta entidad el día 22 de diciembre de la misma
anualidad, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley 99 de 19931.
A través del Auto 011496 del 28 de diciembre de 2023, la ANLA requirió a la empresa
Andina de Energía S.A.S., con sigla Andienergía S.A.S., para que, en el término de un (01)
mes, contado a partir de la ejecutoria de dicho acto administrativo, presentara información
y documentación necesaria para dar continuidad al trámite administrativo ambiental de
Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la
Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales. El citado auto fue
notificado el 29 de diciembre del presente año, con constancia de ejecutoria del 2 de enero
de 2024.
1“Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación
del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras
disposiciones”
Resolución No. 000092 Del 25 ENE. 2024 Hoja No. 2 de 25
“Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
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La empresa en mención, por medio de las comunicaciones de radicados 20246200035042
y 20246200044662 del 11 y 12 de enero de 2024, respectivamente, presentó
documentación con el fin de atender los requerimientos formulados por esta Autoridad para
continuar con el trámite del permiso ambiental por solicitado.
La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico 000192 del 23 de enero de 2024, mediante el cual se
concluyó la viabilidad de otorgar a la empresa Andina de Energía S.A.S., con sigla
Andienergía S.A.S., Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales, en
los términos y condiciones que se señalarán en la parte resolutiva del presente acto
administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
La Constitución Política en su artículo 209, señala que la función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de
igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, y publicidad, mediante la
descentralización de funciones.
Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 19742, tratan del permiso para el
estudio de recursos naturales.
El artículo 58 ibídem, establece que mientras se encuentre vigente un permiso de estudios
no podrá concederse otro de la misma naturaleza, a menos que se refiera a aplicaciones
o utilizaciones distintas de las que pretenda el titular, ni otorgarse a terceros el uso del
recurso materia del permiso.
El Decreto 1076 de 20153, reglamenta en el Libro 2°, Parte 2a, Título 2°, Capítulo 9°,
Sección 2a, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies
Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales.
El artículo 2.2.2.9.2.1 del mencionado decreto, establece que toda persona que pretenda
adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con
la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que
ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la
elaboración de uno o varios estudios ambientales.
El parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso constituye un
trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización
2“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.
3“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.

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