Resolución N° 000140-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-02-2024 - Normativa - VLEX 1017608984

Resolución N° 000140-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-02-2024

Fecha02 Febrero 2024
Fecha de publicación24 Febrero 2024
Número de resolución000140-4
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 000140
(02 FEB. 2024)
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POR LA CUAL SE APRUEBAN UNOS PREDIOS PARA EL DESARROLLO DE
ACCIONES DE RESCATE, TRASLADO Y REUBICACIÓN DE LOS INDIVIDUOS
DE LAS ESPECIES DE LAS FAMILIAS BROMELIACEAE Y ORCHIDACEAE Y
SE ADOPTAN OTRAS DETERMINACIONES”
EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
En uso de sus facultades legales establecidas mediante la Ley 99 de 1993, la Ley
1437 de 2011, el Decreto Ley 3573 del 2011, el Decreto 1076 de 2015, el Decreto
376 de 2020, la Resolución 1957 del 5 de noviembre de 2021 de la ANLA y la
Resolución 1223 del 21 de septiembre de 2022 del MADS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1574 del 7 de diciembre de 2017, la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales otorgó Licencia Ambiental al CONSORCIO ANTIOQUIA
AL MAR identificado con N.I.T. N. 900.899.437-8, para el proyecto denominado
“Construcción del Túnel del Toyo y sus vías de acceso – Tramo 2”, localizado en
jurisdicción de los municipios de Santa Fe de Antioquia y Giraldo, departamento de
Antioquia, con una longitud aproximada de 19,44 Km.
Que mediante la Resolución 2068 del 18 de noviembre de 2021, esta Autoridad
Nacional, autorizó la cesión total de los derechos y obligaciones derivados de la
Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 1574 de diciembre 7 de 2017,
para el proyecto “Construcción del Túnel del Toyo y sus vías de acceso - Tramo 2”,
localizado en jurisdicción de los municipios de Santa Fe de Antioquia y Giraldo en
el departamento de Antioquia, del CONSORCIO ANTIOQUIA AL MAR, (cedente)
en favor del INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS – INVIAS (cesionario).
Que mediante radicado 2022058512-1-000 del 29 de marzo de 2022, el INVIAS
presentó el Plan de Manejo de Vedas y plan de enriquecimiento correspondiente a
la solicitud de viabilidad de los predios donde se realizará la reubicación de los
individuos rescatados y la selección de las áreas donde se realizarán las actividades
de enriquecimiento vegetal.
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POR LA CUAL SE APRUEBAN UNOS PREDIOS PARA EL DESARROLLO DE
ACCIONES DE RESCATE, TRASLADO Y REUBICACIÓN DE LOS INDIVIDUOS
DE LAS ESPECIES DE LAS FAMILIAS BROMELIACEAE Y ORCHIDACEAE Y
SE ADOPTAN OTRAS DETERMINACIONES
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Que mediante Resolución 1445 del 8 de julio de 2022, esta Autoridad Nacional,
autorizó la cesión parcial de derechos y obligaciones derivadas de la Licencia
Ambiental otorgada mediante Resolución 1574 del 7 de diciembre de 2017 cuyo
titular era el INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS – INVIAS, a favor de la Sociedad
CONSTRUCCIONES EL CONDOR S.A., en relación con las autorizaciones,
permisos y obligaciones establecidas del abscisado comprendido entre el K1+300
al K11+634 (Sector 1), para lo cual se dio apertura al expediente LAM8812-00,
quedando dentro del expediente LAV0039-00-2017, las disposiciones relacionadas
con el abscisado comprendido entre el K11+640 al K20+740 (Sector 2) del proyecto
denominado “Construcción del Túnel del Toyo y sus vías de acceso - Tramo 2”.
Que mediante Resolución 2910 del 7 de diciembre de 2022, esta Autoridad
Nacional, resolvió recurso de reposición interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL
DE VÍAS – INVIAS, reponiendo en el sentido de suprimir de las obligaciones a cargo
del INVIAS, las contenidas en el artículo segundo de la Resolución 1445 del 8 de
julio de 2022 y del artículo segundo de la Resolución 040-RES-1902-1014 del 25
de febrero de 2019 de Corantioquia y adicionando las obligaciones de la Resolución
200-03-20-01-1433-2017 de CORPOURABÁ
Que en virtud de las funciones de control y seguimiento ambiental esta Autoridad
Nacional adelantó visita de seguimiento y control ambiental los días 18 al 20 de
mayo de 2023 y expidió el concepto técnico 5328 del 28 de agosto de 2023, el cual
fue acogido mediante el Auto 8545 del 20 de octubre de 2023; el cual además sirve
de fundamento a las disposiciones administrativas que se adoptan en la presente
Resolución.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA -.
El artículo 2 de la Ley 99 de 1993, dispuso la creación del Ministerio del Medio
Ambiente, como el organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los
recursos naturales renovables, encargado entre otras cosas de definir las
regulaciones a las que se sujetarán la conservación, protección, manejo, uso y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la
Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible, estableciendo en el numeral 15
del artículo 5, como una de sus funciones, evaluar los estudios ambientales y
expedir, negar o suspender la Licencia Ambiental correspondiente, en los casos que
se señalan en el Título VIII de la ley precitada, competencia expresamente indicada
en el artículo 52 de la misma norma.
En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f),
del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3573

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