Resolución N° 000158 de la Gaceta Ambiental ANLA, 07-02-2024 - Normativa - VLEX 1017608980

Resolución N° 000158 de la Gaceta Ambiental ANLA, 07-02-2024

Número de resolución000158
Fecha07 Febrero 2024
Fecha de publicación24 Febrero 2024
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 000158
(07 FEB. 2024)
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Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento
EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
– ANLA
En uso de sus facultades legales establecidas mediante la Ley 99 de 1993, el
Decreto Ley 3573 del 2011, acorde con lo regulado en el Decreto 1076 del 26 de
mayo de 2015, el Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, la Resolución 1957 del 05
de noviembre de 2021, Resolución 1223 del 19 de septiembre de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1929 del 7 de diciembre de 2005 el entonces Ministerio
de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), estableció el Plan de
Manejo Ambiental, al titular del instrumento de manejo y control ambiental
ECOPETROL S.A., para el proyecto Oleoducto Transandino.
Que mediante Resolución 1895 del 23 de septiembre de 2011, el entonces
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), modificó el Plan
de Manejo Ambiental del proyecto, en el sentido de autorizar la reconstrucción,
ampliación y operación de la Estación de Bombeo No. 4 Páramo, entre otras
determinaciones.
Que mediante Resolución 888 del 03 de septiembre de 2013, la Autoridad Nacional
de Licencias Ambientales (ANLA), autorizó la cesión total de los derechos y
obligaciones originados y derivados del
Plan de Manejo Ambiental establecido mediante Resolución 1929 del 7 de diciembre
de 2005, modificada por la Resolución 1895 del 23 de septiembre de 2011, para el
proyecto operación del Oleoducto Transandino-OTA, de la Sociedad Ecopetrol S.A.,
a favor de la Sociedad CENIT TRANSPORTE Y LOGISTICA DE
HIDROCARBUROS S.A.S.
Que mediante Resolución 905 del 26 de mayo de 2021, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales-ANLA aprobó la actualización del Plan de Manejo Ambiental
del proyecto, en el sentido de adicionar unas fichas técnicas presentadas en
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comunicación con radicado 2021254423-1-000 del 24 de noviembre de 2021 para
la etapa de operación y mantenimiento.
Que mediante Resolución 1465 del 20 de agosto de 2021, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales-ANLA, resolvió un Recurso de Reposición en contra de la
Resolución 905 del 26 de mayo de 2021, relacionado con los ajustes al Plan de
Manejo Ambiental, establecido mediante el artículo primero de la Resolución 1929
del 7 de diciembre de 2005, modificado por la Resolución 1895 del 23 de septiembre
de 2011, para el proyecto denominado “Oleoducto Trasandino”.
Que mediante Resolución 1536 del 14 de junio de 2022, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales-ANLA, ajustó vía seguimiento el Plan de Manejo Ambiental
para el proyecto “Oleoducto Trasandino”, en el sentido de adicionar las siguientes
fichas presentadas en comunicación con radicado 2021254423-1-000 del 24 de
noviembre de 2021, para la etapa de operación y mantenimiento.
Que Mediante comunicación con radicado 20236200296852 del 30 de junio de
2023, la Sociedad remite solicitud de modificación vía seguimiento de las medidas
de manejo del Plan de Manejo Ambiental – PMA para el proyecto “Oleoducto
Transandino”.
Que mediante Acta 7022 del 23 de octubre de 2023, esta Autoridad Nacional efectuó
seguimiento y control ambiental al proyecto “Oleoducto Transandino” y realizó
algunos requerimientos.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f),
del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3573
del 27 de septiembre de 2011, creando la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, y asignándole entre otras funciones, la de otorgar o negar las
licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El citado Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, en el numeral 2 de su
artículo tercero, prevé como una de las funciones de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales la de realizar el seguimiento a las licencias, permisos y
trámites ambientales de su competencia, para el caso en concreto, es competente
porque versa sobre la Resolución 1929 del 07 de diciembre de 2005, por la cual se
estableció el Plan de Manejo Ambiental al titular del instrumento de manejo y control
ambiental la Sociedad CENIT TRANSPORTE Y LOGISTICA DE
HIDROCARBUROS S.A.S., para el proyecto “Oleoducto Transandino”.
De acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.2.2.3.9.1 del Decreto
1076 de 2015, “La autoridad ambiental que otorgó la licencia ambiental o estableció
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el plan de manejo ambiental respectivo, será la encargada de efectuar el control y
seguimiento a los proyectos, obras o actividades autorizadas”.
El Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, “Por el cual se modifica la estructura de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”, modificó la estructura de la
Entidad, correspondiéndole al Despacho de la Dirección General de esta Entidad la
suscripción del presente acto administrativo, conforme se establece en el artículo
segundo del precitado Decreto.
Aunado a lo anterior, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución 1957 del 05
de noviembre de 2021, “Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y
de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, le fue asignada al director
general la función de suscribir los actos administrativos que otorgan, niegan,
modifican, ajustan o declaran la terminación de las licencias, permisos y trámites
ambientales. Por tal motivo, es el funcionario competente para suscribir el presente
acto administrativo.
Que mediante la Resolución 1223 del 19 de septiembre de 2022, la Viceministra de
Políticas y Normalización Ambiental Encargada de las Funciones de Ministra de
Ambienta y Desarrollo Sostenible nombró al señor Rodrigo Elías Negrete Montes,
en el empleo de Director General Código 015, de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, adelantó una revisión de
los documentos obrantes en el expediente LAM3518, realizando la verificación de
los aspectos referentes al proyecto “Oleoducto Trasandino”, relacionados con la
actualización de las fichas del Plan del Manejo Ambiental y el Plan de Seguimiento
y Monitoreo, en su fase de Operación y mantenimiento, presentado por el titular del
instrumento de manejo y control ambiental CENIT TRANSPORTE Y LOGÍSTICA
DE HIDROCARBUROS S.A.S., mediante radicado 20236200296852 del 30 de junio
de 2023.
En consecuencia, se expidió el Concepto Técnico 7022 del 23 de octubre de 2023,
el cual sirve de soporte y fundamento de lo resuelto en el presente acto
administrativo, del cual es pertinente citar las siguientes observaciones y
comentarios:
“(…)
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
OBJETIVO DEL PROYECTO

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