Resolución N° 000162 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 21-03-2024 - Normativa - VLEX 1029628643

Resolución N° 000162 de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, 21-03-2024

Fecha21 Marzo 2024
Número de resolución000162
Tipo de documentoResolución
SINA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ATLÁNTICO - C.R.A.
RESOLUCIÓN No. 0000162 DE 2024
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO SEXTO DE LA RESOLUCIÓN No. 000522 DE 2022
EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACLARACIÓN PRESENTADA POR EL CONDOMINIO CAMPESTRE
MONTEFLORES, CON NIT. 901.490.461-1, UBICADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE TUBARÁ,
DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO.
(57-5) 3492482 3492686
recepcion@crautonoma.gov.co
Calle 66 No. 54 -43
Barranquilla - Atlántico Colombia
www.crautonoma.gov.co
Página 1 de 7
SC-2 00 03 33
SA -2 00 03 34
ST -2 00 03 32
El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, en uso de sus facultades legales
contenidas en la Constitución Nacional, la Ley 99 de 1993 y teniendo en cuenta la Ley 1437 de 2011, el Decreto
2811 de 1974, el Decreto 1076 de 2015 adicionado por el Decreto 1090 de 2018, la Ley 1955 de 2019, la
Resolución No. 00036 de 2016, modificada por la Resolución No. 000261 del 30 de marzo de 2023, demás
normas concordantes y,
CONSIDERANDO
I. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Que, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A., una vez surtido el trámite correspondiente
expidió la RESOLUCIÓN No. 000522 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE 2022 POR MEDIO DE LA CUAL SE
OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS LÍQUIDOS PARA LA DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES
DOMÉSTICAS (ARD)…” al CONDOMINIO CAMPESTRE MONTEFLORES, con NIT. 901.490.461-1, ubicado
en jurisdicción del Municipio de Tubará, Departamento del Atlántico y bajo las especificaciones ahí previstas.
Que, el citado acto administrativo fue notificado en debida forma y por correo electrónico, el 15 de septiembre
de 2022.
Que, el mencionado permiso se otorgó por un término de cinco (5) años contados a partir de la ejecutoria de
ese acto administrativo y quedó sujeto al cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo segundo y
subsiguiente del mismo, bajo el control y seguimiento ambiental de esta Entidad; siendo una de estas, la
acreditación de los pagos por este concepto y atendiendo lo previsto en el Artículo Sexto de la Resolución No.
000522 de 2022.
Que, en consecuencia, la Subdirección Financiera -de esta Entidad- en cumplimiento de lo previsto en el
ARTÍCULO SEXTO de la RESOLUCIÓN No. 000522 DE 2022, emitió para la anualidad 2023 la FACTURA
SAMB-3108, a nombre del CONDOMINIO CAMPESTRE MONTEFLORES, para el pago y cumplimiento de la
suma ahí establecida por: VEINTITRES MILLONES NOVENCIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y DOS PESOS (COP$23.904.432) por concepto de seguimiento ambiental.
Que, en virtud de lo anterior, el señor GUSTAVO VILLAMIL VILLAMIR, actuando en calidad de Administrador
del CONDOMINIO CAMPESTRE MONTEFLORES, mediante Radicado C.R.A. No. ENT-BAQ-002007-2024,
allega solicitud de aclaración y detalle de la FACTURA SAMB-3108, argumentando lo siguiente:
“(…) de manera atenta solicito el detalle del valor DE VEINTITRES MILLONES NOVENCIENTOS
CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS EN M/CTE ( $ 23.904.432.00) por
seguimiento ambiental 2023. (…)”.
En consecuencia, se analizará lo expuesto por el usuario a través de las siguientes:
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL
ATLÁNTICO C.R.A.
Que, en observancia del Expediente administrativo a nombre del CONDOMINIO CAMPESTRE
MONTEFLORES, se evidencia la expedición de la RESOLUCIÓN No. 000522 DEL 02 DE SEPTIEMBRE DE
2022 POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS LÍQUIDOS PARA LA
DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS (ARD)…” en donde se estableció como una de las
obligaciones impuestas a este y durante la vigencia del permiso, lo descrito a continuación:

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